REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

Turmero, 26 de noviembre de 2015
205º y 156°

Vista la solicitud de Medida Autónoma de Protección, presentada el día nueve (09) de noviembre de 2015, por la abogada SUAHIL NOHEMY LOPEZ HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.051.925, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 102.501, asistiendo a la COOPERATIVA GUARITOTO AR1, RL, inscrita por ante el Registro Subalterno del municipio Zamora del estado Aragua, el 30 de marzo 2005, bajo el Nº 43, tomo III; este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, ADMITE a sustanciación, cuanto lugar en derecho se refiere, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley; en consecuencia se acuerda fijar Inspección Judicial para el día jueves (17) de diciembre de 2015, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), en la COOPERATIVA GUARITOTO AR1, RL, ubicada en el Asentamiento Campesino La Velazquera, Sector El Pelon, Parroquia Villa de Cura, municipio Zamora del estado Aragua; se ordena oficiar a la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela del estado Aragua, para el resguardo del Tribunal. Líbrese Oficio y entréguese al alguacil para su cumplimiento.
EL JUEZ,

ABG. LUÍS ABREU GUERRERO.

LA SECRETARIA,
ABG. MARÍA GRIECO.
En la misma fecha, se cumplió con lo ordenado.

LA SECRETARIA,
ABG. MARÍA GRIECO.
Exp. Nº 2015-0192.
LAG/mgg/ors.-