REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO

Maturín, 04 de Noviembre de 2015.
205º y 156º

Por recibido el presente Recurso de Hecho, interpuesto por el abogado en ejercicio Juan Agustín Bello Malave, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.930, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Víctor Ortiz (sin identificación clara de su número de cédula), y a los fines de dar cumplimiento en lo previsto en el articulo 307 del Código de Procedimiento Civil, se Advierte a la parte recurrente, que ésta Instancia Superior Agraria emitirá el debido pronunciamiento una vez conste en autos las copias de las actas conducentes para lo cual se le otorga el lapso de tres (03) días de despacho siguientes al presente auto, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 eiusdem, entendiéndose que en caso de no cumplir con lo requerido, dicho recurso se entenderá como desistido.

El Juez,
LEONARDO JIMÉNEZ MALDONADO.

El Secretario
JHON WILMER MENDEZ


Exp. Nº 0403-2015
LJM/jwm/ar.-