En el día hábil de hoy jueves 26 de Noviembre de 2015, siendo las 10:00 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar Inicial en el presente juicio, SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA que:
Anunciada como fue la audiencia por los alguaciles de este Circuito Judicial laboral, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora, ni por si, ni por medio de representante legal o estatuario alguno. Así mismo se deja constancia de la presencia de la parte demandada en la persona de la ciudadana NUBIA ELENA PATIÑO DE MARÍN, titular de la cédula de identidad Nro. 19.565.839, en su condición de representante legal de la demandada, quien viene debidamente asistida de la Abogada ISAMAR IVONNE SANTANDER, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.313.401, I.P.S.A. Nro. 165.887.
Al respecto, la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece en el artículo 130, parágrafo primero:
“El desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero el demandante no podrá volver a proponer la demanda antes que transcurran noventa días continuos”