En el día de hoy 23 de Noviembre de 2015, siendo las 10:00 a.m., y la oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar inicial, pasando este Juzgado a dejar constancia e identificar a las partes presentes al acto; por la parte actora comparece el Abogado HOMER PADRÓN, titular de las cédula de identidad número V-11.982.645, I.P.S.A. Nros.197.063; y por la parte demandada comparece la Entidad de Trabajo “BZS CONSTRUCCIÓN, S.A.”, representada en este acto por los Abogado BRIGIDO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.245.593, I.P.S.A. Nros. 68.839, quienes son Apoderados Judiciales de la accionada, facultad que consta en copia simple que consigna en tres (03) folios útiles previa presentación del original a modo videndi. En este estado la ciudadana Jueza declaró abierto el acto. En este estado la ciudadana Jueza declaró abierto el acto, en donde la parte demandada la Entidad de Trabajo “BZS CONSTRUCCIÓN, S.A.”, expone que con el propósito de poner fin a éste asunto, ofrece pagar a la parte actora la cantidad de CIENTO CUARENTA MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 140.000,00), para ser pagado el día cuatro (04) de diciembre, en la sede del Tribunal, a las 08:30 a.m., a través de cheque elaborado a nombre del actor, dejándose constancia además que el referido monto es por Indemnización por Enfermedad Ocupacional, Daño Material y Daño Moral. En éste estado la Parte Actora, debidamente representado por el Abogado supra identificado, manifiesta a la ciudadana Jueza, que aceptan el pago que le hace su ex patrono, manifestando además que está conforme con el monto aquí mediado y que lo hacen libres, espontáneamente y sin constreñimiento alguno; así mismo expresa que con el pago acordado en la fecha supra señalada, la demandada no le adeuda concepto, ni monto alguno por los conceptos incoados en este expediente.