DECRETO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL



EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, BANCARIO Y DE PROTECCION DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADOARAGUA
La Victoria, 26 de Octubre de 2015
205° y 156°

Dando cumplimiento a lo ordenado en esta fecha en el Cuaderno Principal, se abre el presente Cuaderno de Medidas, a fin de proveer con lo solicitado, este Tribunal de conformidad con el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal DECRETA: PRIMERO: La retención de la quinta parte (1/5) del salario mínimo decretado por el Ejecutivo Nacional, como OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.- SEGUNDO: La retención de la quinta parte (1/5) de las UTILIDADES O AGUINALDOS de fin de año. TERCERO: La retención sobre el 50% de las PRESTACIONES SOCIALES. CUARTO: Que los descuentos aquí ordenados deben aumentarse automáticamente, en la misma proporción que lo decrete el Ejecutivo Nacional. QUINTO: Que cualquier otro beneficio que le correspondan al demandado (como ayuda escolar, guardería, bono de juguete, a excepción de los Bonos de Vacaciones y Alimenticio); debe tratarse directamente con la demandante, la cual queda autorizada para tal fin. SEXTO: A los fines de hacer efectivo los descuentos y pagos de los conceptos antes señalados, los mismos deben ser depositados, en la Cuenta Ahorro del Banco BICENTENARIO Nro.1750087270060156004, a nombre de la ciudadana LUISIANA COROMOTO GALINDEZ PACHECO, titular de la cédula de Identidad Nro.V-16.012.959. SEPTIMO: Se ordena oficiar al Jefe de Personal de la Comandancia de la Policía del Estado Aragua, para que remita a este despacho, a la mayor brevedad posible, la constancia del sueldo total, señalando las asignaciones y las deducciones, antigüedad, y beneficios contractuales, que le corresponda al ciudadano LUIS GERMAN FLORES, titular de la cédula de Identidad Nro.V-7.193.130; y proceda a realizar las retenciones antes mencionadas. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZA PROVISORIA


Abg. RAQUEL RODRÍGUEZ SUÁREZ
LA SECRETARIA

Abg. EGLEE ROJAS
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo aquí ordenado se libro el oficio Nro.___________.

LA SECRETARIA
RR/ER/ls
Exp.: 24.633