REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

Turmero, 20 de octubre de 2015
205° y 156°

Vista la solicitud de Título Supletorio, presentada en fecha 29/07/2015, por el ciudadano OSWALDO RAFAEL ALAYON MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.672.593, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Kenny Tablante, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nº 240.588; mediante la cual solicita se declare Título Supletorio sobre un lote de terreno adjudicado por carta agraria (INTi), denominado EL ACAPRAL, ubicado en el sector el Playón, Parroquia Barbacoas, Municipio Urdaneta del estado Aragua, con una superficie de CIENTO CUARENTA HECTAREAS (150 ha) cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: con terrenos que son o fueron de Bernardo Rosales. SUR: Terrenos que son o fueron de Aurelio Hernández. ESTE: con la carretera Nacional y OESTE: con el Río Guárico y que son descritas por el solicitante de la siguiente manera:
“(…) sobre un lote de terreno que me fue adjudicado por carta agraria (INTI), denominado EL ACAPRAL, ubicado en el sector el Playón, Parroquia Barbacoas, Municipio Urdaneta del Estado Aragua, con una superficie de CIENTO CUARENTA HECTAREAS (140 has), cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Con terrenos que son o fueron de Bernardo Rosales. SUR: Terrenos que son o fueron de Aurelio Hernández. ESTE: Con la carretera Nacional y OESTE: Con el rio Guárico. El Referido Lote forma parte de mayor extensión de terreno, antes patrimonio del Instituto Agrario Nacional según decreto No. 285 de fecha 27 de julio de 1974, publicado en la gaceta oficial No. 285 de fecha 27 de julio de 1974, hoy Transferido al Instituto Nacional de Tierras, en virtud de lo establecido en la disposición transitoria Segunda del Decreto con fuerza de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Las referidas bienhechurías construidas son las siguientes: Casa: con un área de construcción 180 m, construida con estructura de concreto, paredes de bloques de arcilla frisadas y pintadas, techo de laminas de acerolit, puertas de madera entamborada y de hierro, enrejada de hierro, ventanas de hierro y vidrio basculante con tela de mosquitero, baños con cerámica en paredes y piso, distribuida en tres (03) habitaciones, un (01) baño, sala, comedor, cocina. Un (01) tanque de acero de círculo para agua de 2000 litros de capacidad Corral: Con un área de 1000 metros lineales, y posee 4 divisiones para un total de metros lineales de 2.100 mts y construido en su totalidad en tubería de 4" y cinco correas, Con embarcadero y manga. Cercas: 11 km de cercas externa con estantillos de madera cada 2m, botalones de madera cada 25 m y 4 pelos de alambre de púas, 17 km de cercas internas con estantillos de madera cada 2m, botalones cada 25 m y cuatro pelos de alambre de púas. Deforestación y mecanización de 140 hectáreas de terreno, veinte (20) hectáreas de pasto de barrera sembradas. Cuatro 4 hectáreas de sistema de riego por goteo (constituido por veinte (20) rollos de cintas para goteo, tres (03) rollos de manguera de poliétileno de 90mm, un (01) rollo de manguera de polietileno de 63 mm, cuatro (4) llaves de paso, un (01) filtro, una (01) bomba de riego de alta presión marca lombardine (…)”

Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, ADMITE la solicitud de Título Supletorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 197.1 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y en consecuencia se acuerda fijar Audiencia de Evacuación de Testigos para el día martes (27) de octubre de 2015, a las diez y media de la mañana (10:30 a.m.) para que comparezca la parte solicitante por ante esta Instancia Agraria, con los testigos que a bien tenga presentar, a fin de que rindan sus declaraciones.
EL JUEZ,

ABG. LUÍS G. ABREU GUERRERO. LA SECRETARIA,

ABG. MARÍA GRIECO.








Sol.2015-0136
LAG/mgg/ddm-.