REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
Turmero, 26 de octubre de 2015
205° y 156°
Vista la solicitud de Título Supletorio, presentada en fecha 14/10/2015, por el ciudadano MOISES MARQUEZ SALAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.560.710, respectivamente, asistidos en este acto por el abogado en ejercicio CARLOS JAVIER LOPEZ CASTILLO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nº 228.876; mediante la cual solicita se declare Título Supletorio sobre un lote de terreno denominado “ EL ARAGUANEY”, ubicado en el Sector Nare; Asentamiento Campesino La Suareña parroquia no Urbana Las Peñita, Municipio M. Capital R.G. Urdaneta de estado Aragua, constante de una superficie de CUARENTA HECTAREAS CON SIETE MIL CIENTO OCHO METROS CUADRADOS (40 ha con 7108m2) cuyos linderos particulares son los siguientes: Norte: Terreno Ocupado por José Vásquez; Sur: Terreno Ocupado por German Carpio; Este: Terreno Ocupado por finca El Bajo y Oeste: Vía de penetración, demarcado por los puntos de coordenadas levantadas en Proyección Universal Transversal De Mercator (UTM), Huso 19 y que son descritas por el solicitante de la siguiente manera:
“(…) Con dinero proveniente de mi propio peculio y a mis solas y únicas expensas he construido unas Bienhechurías sobre una Parcela de Terreno Propiedad del Instituto Nacional de Tierras, el cual me otorgo Titulo de Adjudicación de Tierras Socialista Agrario, según Instrumento asentado bajo el Nº 85, folio 181 y 182, tomo 2706, de fecha 02 de Septiembre del 2.013, sobre un lote de terreno denominado “EL ARAGUANEY”, ubicado en el Sector Nare; Asentamiento Campesino La Suareña parroquia no Urbana Las Peñitas, Municipio M. Capital R.G Urdaneta de Estado Aragua, constante de una superficie de CUARENTA HECTAREAS CON SIETE MIL CIENTO OCHO METRO CUADRADOS (40 ha con 7108 m2), alindero de la siguiente manera: Norte: Terreno Ocupado por José Vásquez; Sur: Terreno Ocupado por German Carpio; Este: Terreno Ocupado por finca El Bajo y Oeste: Vía de penetración, demarcado por los puntos de coordenadas levantadas en Proyección Universal Transversal De Mercator (UTM), Huso 19, Datum REGVEN identificados de la siguiente manera: 1 Norte: 1072514; Este: 747012; 2 Norte: 10772135; Este: 747012; 3 Norte: 1072299; Este: 745961; 4 Norte: 1072489; Este: 745870; 5 Norte: 1072628; Este: 746314; 6 Norte: 1072661; Este: 746897; 1 Norte: 1072514; Este: 746935. Las Bienhechuría son las siguientes: Una Casa con un área de Construcción de 180 m2, Distribuida de manera: Seis (06) habitaciones, un (01) baño, sala comedor y cocina; Deforestación de 20 Hectáreas, Construcción de Dos (02) Lagunas, Tres (03) Posos, 24Km de Cerca Interna y Externa de Alambre de Púa y Estantillos de Madera, 600 m2 de Corrales, 280 m2 de Cochineras y Un Galpón para Pollos, Cincuenta Matas de Naranja, Sesenta matas de Limón, Quince matas de Mandarina y Cien matas de Guayaba.(…)”
Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, ADMITE la solicitud de Título Supletorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 197.1 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y en consecuencia se acuerda fijar Audiencia de Evacuación de Testigos para el día miércoles (03) de noviembre de 2015, a las diez de la mañana (10:00 a.m.) para que comparezca la parte solicitante por ante esta Instancia Agraria, con los testigos que a bien tenga presentar, a fin de que rindan sus declaraciones.
EL JUEZ,
ABG. LUÍS G. ABREU GUERRERO. LA SECRETARIA,
ABG. MARÍA GRIECO.
Sol.2015-0180
LAG/mgg/dfg