De la revisión efectuada al contenido se la sentencia emanada del Juzgado Superior Segundo de fecha once (11) de Febrero de 2015, que riela de los folios doscientos veintisiete (227) al folio doscientos cuarenta y siete (247), de la pieza marcada 1 de 1 mediante la cual, se ordeno calcular la corrección monetaria e intereses de mora, de la cantidad condenada conforme a la Indemnización, prevista en el artículo 130 de la Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT), y por cuanto este Despacho por error material involuntariamente al momento de recibir la causa ordeno el decreto de ejecución voluntaria, cuando lo que correspondía es efectuar por este Despacho los referidos cálculos.