REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Vigésimo Sexto (26º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiocho de septiembre de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: AP21-L-2015-001324

Vista diligencia suscrita en fecha nueve (09) de julio de 2015, por el ciudadano: abogado MARIANNO GIANNANTONIO HERNÁNDEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº158.313, en su carácter de apoderado judicial de la parte Actora PEDRO GERMÁN NAVAS, cédula de identidad NºV-2.939.639, con ocasión a la demanda por cobro de conceptos laborales, interpuesta en contra de la sociedad mercantil C.A. CIGARRERA BIGOTT SUCS.; mediante la cual Desiste de la reforma de la demanda presentada en fecha nueve (09) de julio de 2015, este Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Mediación, procede revisar las actas procesales y verifica la facultad para desistir que se evidencia del instrumento poder, a cuyos efectos este Tribunal pasa a HOMOLOGAR el Desistimiento de la reforma de la demanda presentada en fecha 09 de julio de 2015. Así se decide.-

La Juez

Abg. Mariela de Jesús Morales Soto

El Secretario

Abg. Ana Julia Arilla