REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY Y CON COMPETENCIA EN EL ESTADO CARABOBO
(205° y 156°)

Maracay, veintinueve (29) de septiembre del año 2015

EXP.- JSAAC- 2015-0389

Visto el escrito presentado por la abogada Brenda López, venezolana, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 177.089, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil Calzado Rindal, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción del Distrito Federal y estado Miranda, bajo el Nº 30, Tomo 58-A, de fecha 04 de mayo de 1976, domiciliada en Caracas Distrito Capital, mediante el cual apeló la decisión dictada por este Juzgado Superior Agrario en fecha veintiuno (21) de septiembre del presente año, en el expediente signado bajo el Nº 2015-0389 (nomenclatura interna de este Juzgado), la cual declaró Inadmisible el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, de conformidad con lo establecido en los artículos 160 y 162 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario; de allí que, este Juzgado Superior Agrario oye la misma en ambos efectos de conformidad con lo establecido en el 290 del Código de Procedimiento Civil, así como los artículos 174 y 175 de La Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y ordena remitir el presente expediente en su forma original a la Sala de Casación Social en Sala Especial Agraria del Tribunal Supremo de Justicia.
EL JUEZ

ABG. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS
El SECRETARIO

ABG. DANIEL SUÁREZ SERRANO

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libro el oficio correspondiente.
El SECRETARIO

ABG. DANIEL SUÁREZ SERRANO

EXP.- 2015-0389
HBC/Dss/mn