REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO
Maturín, 21 de Septiembre 2.015.
205º y 156º
Visto el oficio Nº 00001191, emanado de la Oficina Regional Centro Oriental de la Procuraduría General de la Republica y de conformidad con lo establecido en el artículo 97 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, y por cuanto se evidencia que la misma fue notificada, el 21 de julio de 2014, tal como se evidencia en el folio sesenta y dos (62) pieza 02 del presente expediente; por una parte y por la otra, se evidencia en el presente asunto que se encuentran vencidos los lapsos establecidos en el auto del 09 de junio de 2014; es por lo que se suspende la presente causa por un lapso de treinta (30) días continuos, contados a partir del día siguiente al presente auto.
El Juez,
LEONARDO JIMENEZ MALDONADO.
La Secretaria Temporal
EVELING GABRIELA AVENDAÑO
Exp. 0075-2014
LJM/ega/fernando