REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA.


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY, SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 23 de septiembre de 2015.
205° y 156°
Vista la diligencia de fecha 12 de agosto del 2015, suscrita por el apoderado judicial del ciudadano JULIO CESAR NAPOLI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.335.318, de este domicilio, Abogado: LUIS JIMIENEZ MORALES, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado Bajo el N° 119.928, en el sentido de que el presente expediente se encuentra en estado de ejecución forzosa, por lo que solicita a este Tribunal proceda a librar oficio al SUNAVI, solicitando refugio para la ciudadana CECILIA CABELLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-3.944.277, de este domicilio y que una vez que conste en autos que dicho oficio fue entregado, comience a correr el lapso de seis (06) meses según lo establecido en la sentencia N° 1213 con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán emanada de la Sala Constitucional. Omisiss...
Este Tribunal atendiendo lo solicitado por el apoderado judicial de la parte demandante acuerda en cuestión oficiar a la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda (SUNAVI), como órgano adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat, en el sentido de que esté al tanto de la situación de la ciudadana CECILIA CABELLO, y que se pueda coadyuvar en el sentido de prestarle toda la atención para con la mencionada ciudadana a los fines de no dejarla desprovista de una solución habitacional; por ello en acatamiento a lo expresado por la Sala Constitucional del Máximo Tribunal de la República en sentencias Nros 1213 de fecha 03 de octubre del 2014 y en el Expediente n° 15-0484 Ponencia de la Dra Gladis María Gutiérrez Alvarado de fecha 17 de agosto de 2015 (Amparo Constitucional) respectivamente, cumplo con la obligación de poner de su conocimiento que el mencionado abogado en su condición de apoderado judicial del actor ha realizado tal pedimento que este tribunal procesa en el sentido de que la ciudadana CECILIA CABELLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-3.944.277, sea censada o incluida en la base de datos por el órgano Superior de vivienda para que le sea asignada una vivienda o en su defecto un refugio digno, todo ello en acatamiento a lo dispuesto en el ordinal 2.2 de las medidas acordadas por la Sala Constitucional en amparo Constitucional interpuesto por la Asociación Civil " MOVIMIENTO DE INQUILINOS", ello con el fin de garantizarle el derecho a la defensa y el debido proceso; en consecuencia se ordena oficiar a la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda (SUNAVI), líbrese el respectivo oficio.
DIOS Y FEDERACION
EL JUEZ TITULAR,

ABG. LUIS RAMON FARIAS GARCÍA.
LRFG/lrfg
Exp: 9.817