REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiséis (26) de abril de dos mil dieciséis (2016)
205º y 156º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2015-001069
PARTE ACTORA: AUDELINA PEÑUELA HERNANDEZ.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MODESTO LOPEZ Y OTROS.
PARTE DEMANDADA: CANTV.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTA.
MOTIVO: COBRO Y ACTUALIZACIÓN DE PENSIÓN.-
En el día hábil de hoy veintiséis (26) de abril de dos mil dieciséis (2016), siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno, asimismo se deja constancia que no comparecieron representación alguna por la parte demandada, en consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Dejándose transcurrir el lapso de cinco (05) para el ejercicio de los recursos correspondientes.- PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez
Abg. Carolina Chakian Mayarllan.
La Secretaria
Abg. Sirley Bracho.-