D E C R E T O
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, BANCARIO
Y DE PROTECCION DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria, 05 de Abril de 2.016.-
205° y 156°
Dando cumplimiento a lo ordenado en esta fecha en el Cuaderno Principal, se abre el presente Cuaderno de Medidas, a fin de proveer con lo solicitado, este Tribunal de conformidad con el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal DECRETA: PRIMERO: La retención de la quinta parte (1/5) del salario mínimo mensual decretado por el Ejecutivo Nacional, como OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN PROVISIONAL.- SEGUNDO: La retención de la quinta parte (1/5) de las UTILIDADES O AGUINALDOS de fin de año.- TERCERO: La retención sobre el 50% de las PRESTACIONES SOCIALES.- CUARTO: Que los descuentos aquí ordenados deben aumentarse automáticamente, en la misma proporción que lo decrete el Ejecutivo Nacional.- QUINTO: Que cualquier otro beneficio que le correspondan al demandado (como ayuda escolar, guardería, bono de juguete, a excepción de los Bonos de Vacaciones y Alimenticio); debe tratarse directamente con la demandante, la cual queda autorizada para tal fin. SEXTO: A los fines de hacer efectivo los descuentos y pagos de los conceptos antes señalados, se ordena que sean depositados en la cuenta de ahorro del Banco Nacional de Crédito N° 1910144451000019177, se remitirá copia a la empresa SEPTIMO: Se ordena a la Empresa RECTIFICADORA TALLERES CAMPOS S.A., a los fines de que remita a este despacho, a la mayor brevedad posible, la constancia del sueldo total, señalando las asignaciones y las deducciones, antigüedad, y beneficios contractuales, del ciudadano RAMON ENRIQUE SILVA MERENTES, titular de la cédula de Identidad N° 19.268.498, así mismo para que proceda a realizar las retenciones al ciudadano antes identificado , en beneficio de su menor hijo.-
LA JUEZA PROVISORIA
LA SECRETARIA
ABG. RAQUEL RODRÍGUEZ
ABG. EGLEE ROJAS
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo aquí ordenado, se libro el oficio N°: ________
LA SECRETARIA,
RR/ER/tm.-
Exp. Nº: 24.711.-
|