REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS CON COMPETENCIA EN EL ESTADO DELTA AMACURO
Maturín, 26 de Abril 2016
206º y 157º
ASUNTO: NP11-G-2016-000035
Vista la QUERELLA FUNCIONARIAL (Nulidad de Acto Administrativo), interpuesta por la ciudadana ADRIANA PARIS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.175.042, debidamente asistida por los abogados Pedro Romero y Emerson Carvajal, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 169.541 y 173.014, respectivamente, contra el INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTE Y RECREACION DEL MUNICIPIO MATURIN (IMDERMA), este Tribunal se declara competente para conocer de la presente querella de conformidad con lo previsto en los artículos 9 y 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y la Disposición Transitoria Primera de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con el artículo 94 ejusdem; y por cuanto no se encuentra incursa en ninguna de las causales de inadmisibilidad previstas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de revisar nuevamente dichas causales en la sentencia definitiva, en atención a lo establecido en el artículo 101 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, se ADMITE el referido recurso cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 ejusdem.
En consecuencia, se ordena la citación del Síndico Procurador Municipal del Municipio Maturín del estado Monagas, de conformidad con lo establecido en el articulo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, para que comparezca por ante este Juzgado a dar contestación a la querella, dentro de los Quince (15) días de despacho siguientes, una vez que conste en autos su notificación, asimismo, se acuerda remitir las copias certificadas correspondientes. Del mismo modo, se acuerda notificar al Alcalde del Municipio Maturín del estado Monagas y al Presidente del Instituto Municipal de Deportes y Recreación de Maturín del estado Monagas (INDERMA), para informarles sobre la admisión de la querella y al último de los nombrados solicitarle los Antecedentes Administrativos del caso, de conformidad con el artículo 79 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, el cual deberá ser remitido dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación, advirtiéndole que por omitir o retardar dicha remisión podrá ser sancionado por este Tribunal con multa entre 50 U.T., a 100 U.T. Cúmplase con lo ordenado. Líbrese lo conducente.-
Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con Competencia en el estado Delta Amacuro, en Maturín, a los Veintiséis (26) días del mes de Abril de Dos mil Quince (2016). Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación.
La Jueza Provisoria,
Niljos Lovera Salazar
La Secretaria Accidental,
Naisa Salazar
En la misma fecha, siendo la una y cincuenta y uno minutos de la tarde (1:51 p.m.), se publicó y agregó la presente resolución a las actuaciones del expediente. De igual manera, se ordenó su inserción en el Sistema Juris 2000 por parte de la ciudadana Jueza, así como su correspondiente publicación en el portal informático http://monagas.tsj.gov.ve/. Dejándose la copia ordenada para el copiador correspondiente. Conste.
La Secretaria Accidental,
Naisa Salazar
NLS/NSA/YVM.-
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