REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 14 de abril de 2016
205° y 157°
SOLICITANTE: JULIO HORACIO BORGES VALDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-5.307.450.
APODERADA JUDICIAL DEL SOLICITANTE: EMILY JOHANA MONTILVA DE GRATEROL, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 194.367.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO
EXPEDIENTE: AP31-S-2015-008691
SENTENCIA DEFINITIVA.-
- I -
ANTECEDENTES
Se inicia el presente procedimiento a través de escrito presentado en fecha 28 de Septiembre 2015, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de los Tribunales de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la abogada EMILY JOHANA MONTILVA DE GRATEROL, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JULIO HORACIO BORGES VALDEZ, ampliamente identificada, por medio del cual solicita la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO del ciudadano JULIO HORACIO BORGES VALDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-5.307.450, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el numero 1517 del año 1965, pues alega la solicitante que en la mencionada acta el nombre de la madre del ciudadano JULIO HORACIO BORGES VALDEZ, se identifica como “MARIA VALDES DE BORGES” siendo lo correcto “MARIA ROSA VALDES GONZALEZ”
Por auto de fecha 20 de Octubre de 2015, el Tribunal admitió la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO de conformidad con lo previsto en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil y ordenó notificar al Fiscal del Ministerio Público. Asimismo se ordenó la publicación de un cartel en un diario de mayor circulación, emplazando a cuantas personas puedan ver afectados sus derechos a fin que hicieran parte en el presente procedimiento. Igualmente ordenó a la solicitante a presentar a dos (2) personas que tengan conocimiento del asunto y den razones fundadas de sus dichos y expongan lo que crean pertinente. En esa misma fecha se ordenó librar cartel.
En fecha 13 de noviembre de 2015, compareció la abogada EMILY JOHANA MONTILVA DE GRATEROL y solicitó se libre boleta al Fiscal del Ministerio Publico.
En fecha 20 de noviembre de 2015, compareció la abogada EMILY JOHANA MONTILVA DE GRATEROL y dejo constancia de haber retirado cartel de citación.
Por auto de fecha 24 de noviembre de 2015, la Juez Provisoria ABG. MARIA VIRGINIA SOLORZANO PARRA, se aboco al conocimiento de la causa y asimismo se libró boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Publico.
En fecha 04 de Diciembre de 2015, compareció el ciudadano MIGUEL VILLA, actuando en su carácter de Alguacil Titular de la Unidad de Coordinación de Alguacilazgo de los Tribunales de Municipio del Área Metropolitana de Caracas, y dejó constancia de haber practicado la notificación del Fiscal Nonagésima Cuarta del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas.
En fecha 08 de Diciembre de 2015, compareció la abogada EMILY JOHANA MONTILVA DE GRATEROL y mediante diligencia consignó cartel de notificación publicado en el Diario “ÚLTIMAS NOTICIAS”.
En fecha 17 de Diciembre de 2015, fue consignada diligencia suscrita por el abogado GERARDO ENRIQUE SALAS, en su carácter de FISCAL PROVISORIO NONAGESIMO CUARTA (94°) DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, mediante la cual expuso que nada tenía que objetar a la presente solicitud.
Seguidamente, en fecha 24 de Febrero de 2016, comparecieron las ciudadanas VANESSA CAROLINA COCHE PARICA y YANOSELLI ELYU MAZZEI, y rindieron declaración.
En fecha 04 de Abril de 2016, compareció la abogada EMILY JOHANA MONTILVA DE GRATEROL y mediante diligencia solicitó se dicte sentencia.
Para probar lo alegado, la solicitante consignó:
• Copia de la cédula de identidad del ciudadano JULIO HORACIO BORGES VALDEZ.
• Copia certificada del acta de nacimiento Nº 1517, expedida por el Registrador Civil de la Parroquia San Juan, de fecha 04 de Junio de 1965, correspondiente al ciudadano JULIO HORACIO BORGES VALDEZ, donde se evidencia el error al identificar a la madre de la presentada pues donde se lee “…MARIA VALDES DE BORGES…”, debe leerse “…MARIA ROSA VALDES GONZALEZ …”, que es lo correcto; y por constituir documento público conforme lo que prevé el artículo 1357 del Código Civil en concordancia con el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, se le aprecia en todo su alcance probatorio. Y así se declara.
• Copia certificada de la Certificación de Datos Filiatorios, correspondiente de la ciudadana MARIA ROSA VALDES GONZALEZ.
• Copia de la cédula de identidad de la ciudadana MARIA ROSA VALDES GONZALEZ.
- II -
MOTIVACION
Analizadas las pruebas presentadas por el solicitante, este Tribunal las considera suficientes para determinar lo alegado en autos. En consecuencia, se ordena la Rectificación del acta de nacimiento Nro. 1517, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, de fecha 04 de Junio de 1965, correspondiente al ciudadano JULIO HORACIO BORGES VALDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-5.307.450, en cuanto al error cometido en dicha acta.
- III -
DECISIÓN
Por las motivaciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL VIGÉSIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, intentada por el ciudadano JULIO HORACIO BORGES VALDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-5.307.450.
SEGUNDO: Se ordena la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO Nro. 1517, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, de fecha 04 de Junio de 1965, correspondiente al ciudadano JULIO HORACIO BORGES VALDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-5.307.450. En consecuencia, en lo que respecta al error en que se incurrió al identificar a la madre de la presentada, pues donde se lee “…MARIA VALDES DE BORGES…”, debe leerse “…MARIA ROSA VALDES GONZALEZ…”, que es lo correcto; se ordena corregirlo.
TERCERO: Se acuerda la remisión de copias certificadas de la solicitud y de la presente decisión al Registrador Principal Central del Distrito Capital, al Registro Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital y al Director de la Oficina Nacional Electoral (CNE) del Distrito Capital, a los fines que estampe la correspondiente nota marginal en el acta de nacimiento Nro. 1517, de fecha 04 de Junio de 1965, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 149 y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil en concordancia con los artículo 506 y 507 del Código Civil.
Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por el solicitante los fotostatos correspondientes.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA, conforme lo previsto el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal Vigésimo de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
En Caracas, a los catorce (14) días del mes de abril del año dos mil dieciséis (2016). Años 205° de la Independencia y 157° de la Federación.-
LA JUEZ,
DRA. ANNA ALEJANDRA MORALES LANGE
LA SECRETARIA,
ABG. MARÍA VIRGINIA SOLÓRZANO
En esta misma fecha, siendo las 2:00 p.m, se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA,
ABG. MARÍA VIRGINIA SOLÓRZANO
EXP. AP31-S-2015-008691
AAML/MVS/Neulys.-*
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