Visto el contenido de la diligencia que antecede, suscrita por el Abogado en ejercicio JOSÉ LEOPOLDO GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.262.145, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 108.059, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, tal como consta a los folios 8 y 9 de autos; por medio de la cual DESISTE DEL PROCEDIMIENTO respecto a la entidad de trabajo LUNCHERÍA RESTAURANT BIRUAQUITA, C.A., por lo que continua el procedimiento con la demandada “INVERSIONES VALIMAR, C.A.”; por último solicita la continuación del proceso en la etapa que se encuentra.

Este Juzgado, luego de realizar una revisión exhaustiva a las actas que conforman el presente asunto; previo al pronunciamiento es necesario verificar si está facultado taxativamente para el desistimiento del procedimiento manifestado; en consecuencia, quien aquí se pronuncia observa además que quien efectúa el aludido desistimiento es el apoderado judicial de la parte actora, quien se encuentra plenamente facultado para disponer del derecho en litigio, tal y como se evidencia del instrumento poder que corre inserto a los folios 8 y 9 del presente expediente.