REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal CUARTO de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 26 de Agosto de 2016
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2014-010623
ASUNTO : NP01-P-2014-010623
CAMBIO DE SITIO DE RECLUSIÓN
Corresponde a este Tribunal decidir en relación a lo manifestado por los defensores privados ABGS. JOSE GUERRA Y ENRI CASTILLO, en su condición de defensores del acusado LEOMAR JOSE RAMIREZ, solicitan un cambio de sitio de reclusión en virtud de que el mismo corre peligro de muerte en el Internado Judicial del Estado Monagas, donde actualmente se encuentra recluido, inconsecuencia este Tribunal para decidir observa lo siguiente:
De la revisión de las actuaciones se observa que según escrito presentado por los defensores privados, mediante el cual anexan informe médico y fotografías relacionadas con unas lesiones en la pierna izquierda y abdomen producidas por disparos por arma de fuego recibidos en el Internado Judicial del Estado Monagas por parte de otros internos, por lo que tuvo que ser intervenido quirúrgicamente para salvar su vida, con lo cual se ha puesto en peligro su vida.
De lo antes expuesto se observa que ciertamente la situación actual del acusado LEOMAR JOSE RAMIREZ, es susceptible de riesgo, por cuanto de las informaciones aportadas por los Defensores Privados, se infiere que la vida de su representado corre peligro en el Internado Judicial del Estado Monagas (La Pica), aunado a los informes médico y fotografías que se explican por si mismas, así pues, y en aras de garantizar tanto el derecho a la vida, como la celeridad procesal tal como lo establecen los artículos 43 y 26 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela se ACUERDA EL CAMBIO DE SITIO DE RECLUSIÓN del acusado LEOMAR JOSE RAMIREZ, desde INTERNADO JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, HASTA EL CENTRO PARA LA FORMACION DEL HOMBRE NUEVO “NELSON MANDELA”, así mismo se fija para la celebración del Juicio Oral y Público el día MARTES TRECE (13) DE SEPTIEMBRE DEL 2016 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, se ordena oficiar Director del INTERNADO JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS a los fines de que resuelva lo pertinente para la efectividad de dicho traslado. ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Con fuerza de las motivaciones que anteceden, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal, con Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA PRIMERO: Se ACUERDA EL CAMBIO DE SITIO DE RECLUSIÓN del acusado LEOMAR JOSE RAMIREZ, titular de la cedula de identidad número 15.428.778 desde INTERNADO JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, HASTA EL CENTRO PARA LA FORMACION DEL HOMBRE NUEVO “NELSON MANDELA”, a los fines de garantizar no solo el debido proceso sino la tutela judicial efectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 26 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y el artículo 241 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente. SEGUNDO: Se fija como fecha para la celebración del Juicio Oral y Público el día MARTES TRECE (13) DE SEPTIEMBRE DEL 2016 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA Notifique a las partes. Líbrense los Oficios correspondientes. Archívese Copia de la Decisión.
LA JUEZA
ABG. BARBARA LUCERO SAIN
LA SECRETARIA
ABG. INDIRA BOADA
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