REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, MIERCOLES 31 de Agosto de 2016
206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2007-000655
ASUNTO : NP01-P-2007-004208


Visto el informe psico-social que antecede, practicado a la penada JESSIKA NATHALY CANDURIN RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 20.310.677, actualmente recluida en el Centro Penitenciario de la Región Oriental (La Pica) Anexo Femenino, quien opta a la Fórmula alternativa de Cumplimiento de pena denominada REGIMEN ABIERTO; este Tribunal a objeto de resolver sobre el requerimiento de la referida penada, observa:

La penada JESSIKA NATHALY CANDURIN RODRIGUEZ, se encuentra cumpliendo PENA REDIMIDA en dos oportunidades de VEINTITRES (23) AÑOS, CINCO (05) MESES y TRES (03) DIAS DE PRISION, según decisión de fecha 27 de ABRIL de 2016, y por la comisión del delito de SICARIATO.-

Se evidencia del último cómputo (27-04-2016), que la penada JESSIKA NATHALY CANDURIN RODRIGUEZ, extinguió desde el 20-08-2016 mas de 1/4 de la pena, cumpliendo de esta manera con uno de los requisitos establecidos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal vigente para el momento de los hechos (hoy 488), para el otorgamiento de las Fórmulas Alternativas de cumplimiento de pena.-

Cursa, por otro lado, el INFORME PSICO SOCIAL de fecha 11-07-2016, suscrito por un equipo técnico, practicado a la penada, y concluyeron entre otras cosas: “…el equipo técnico evaluador emite pronóstico de conducta DESFAVORABLE a la penada JESSIKA NATHALY CANDURIN RODRIGUEZ …”, y a su vez, tiene una clasificación MEDIA.-

En base a lo anterior, y al no estar satisfechos los requisitos del hoy artículo 488 del Código Orgánico Procesal Penal, específicamente el de los ordinales 2° y 3°, que establece, (anteriormente artículo 500):

“2. Que el interno o interna haya sido clasificado o clasificada previamente en el grado de mínima seguridad por la junta de clasificación y tratamiento del establecimiento penitenciario…
3. Pronóstico de conducta favorable del penado…”

No tiene otra opción jurídica este Tribunal, sino NEGAR la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena denominada DESTACAMENTO DE TRABAJO, a la penada JESSIKA NATHALY CANDURIN RODRIGUEZ, sin que ello obste a que luego del tiempo legal, se pueda evaluar nuevamente. ASI SE DECLARA.-

Notifíquese a las partes,
Regístrese y déjese copia.-

LA JUEZA,

Abg. YLCIA PEREZ JOSEPH.-

La Secretaria,
Abg.