REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturín, 17 de Agosto de 2016
206º y 157º


ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2010-000010
ASUNTO : NP01-D-2010-000010
JUEZ: ABG. LILIAM LARA ANDARCIA
SECRETARIA: ABG. FANNY CARDIEL
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
DELITO: ROBO AGRAVADO
RESOLUCION: SE REVISA Y MANTIENE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA

De conformidad con la función conferida por el artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, este Tribunal procede a efectuar la Revisión de la Medida que recayó sobre el sancionado IDENTIDAD OMITIDA, titular de la cédula de identidad Nº 25.782.500, Venezolano, de 20 años de edad, por haber nacido en fecha 05-05-1994, natural de Maturín Estado Monagas, Soltero, hijo de ROSA ESPARRAGOZA (V) y RICHARD LEZAMA (v), con domicilio en el Sector Tipuro II Parroquia Boquerón después de los silos de Boquerón cerca de la Gallera el Apamate en, Maturín Estado Monagas Teléfono 0424-925-88-36 (Pertenece a su Progenitora) 0426-199-11-40 DIOSELIN RODRIGUES (NOVIA), quien fue sancionado a cumplir la MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de UN (01) AÑO y CUATRO (04) MESES, prevista en el artículo 626 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños niñas y Adolescentes, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, en perjuicio de la adolescente Gabrielis Peñalver, y se realiza en los siguientes términos:

En fecha 09 de Octubre de 2015, este Tribunal realizó la Ejecución de la sanción impuesta al prenombrado sancionado, a quien se le impuso de la medida que debía cumplir.

En fecha 13/04/2016 el joven ha cumplido con la medida por el lapso de SIETE (07) MESES Y TRES (03) DIAS, faltándole por cumplir OCHO (08) MESES Y VEINTISIETE (27) DIAS.

Igualmente, se observa que se recibió Informe del Departamento de Servicio Social, del cual se desprende que el joven cumple con las entrevistas de manera responsable, no se ha visto involucrado en otro hecho punible, se mantiene en el área laboral, como ayudante de albañilería. Siendo su Pronóstico Favorable.

Se observa, que hasta el día de hoy 17/08/2016 el joven ha cumplido con la medida por el lapso de ONCE (11) MESES Y SIETE (07) DIAS, faltándole por cumplir CUATRO (04) MESES Y VEINTITRES (23) DIAS. Es por ello, que considera procedente este Tribunal Revisar y Mantener la medida a los fines de que el joven continué cumpliendo con sus presentaciones y las orientaciones impartidas.

DISPOSITIVA

En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: REVISA Y MANTIENE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA impuesta por el lapso de UN (01) AÑO y CUATRO (04) MESES, al sancionado IDENTIDAD OMITIDA. Se determina que ha cumplido con la medida por el lapso de ONCE (11) MESES Y SIETE (07) DIAS, faltándole por cumplir CUATRO (04) MESES Y VEINTITRES (23) DIAS. Se fija la próxima revisión de medida para el día MIERCOLES ONCE (11) DE ENERO DE 2017. Impóngase al sancionado. Ofíciese y Remítase Copia Certificada del la presente decisión al Departamento de Servicio Social. Notifíquese a las partes. Líbrese lo conducente. Cúmplase.
LA JUEZA DE EJECUCION,

ABG. LILIAM LARA ANDARCIA.

LA SECRETARIA,

ABG. FANNY CARDIEL.