DECISIÓN
En fuerza de las anteriores consideraciones, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara “CON LUGAR”, la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos: MARIBEL SUAREZ MORANTES Y ALEXIS COROMOTO PEREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-8.641.992 y V-3.789.704 respectivamente, asistidos por la abogado LAYLA HENRIQUEZ inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 64.910.

Como consecuencia de la declaratoria anterior, queda disuelto el vínculo matrimonial que unía a los cónyuges en virtud del matrimonio civil celebrado en fecha 12 de diciembre de 1992, por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del estado Aragua, según Acta de matrimonio signada con el Nº 1156 , Tomo 6, año 1992.-
Liquídese la comunidad conyugal en caso de existir bienes

Regístrese, publíquese déjese copia de la presente decisión.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los DOCE ( 12) días del de Agosto del año 2016 Años 207º de la Independencia y 156º de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIA

ISNELDA LOURDES MENDIA VILLEGAS
LA SECRETARIA TEMPORAL,

NOHEMY COROMOTO URBINA

En esta misma fecha se registró y publicó la anterior sentencia, siendo las10:30 a. m.
LA SECRETARIA TEMPORAL,


NOHEMY COROMOTO URBINA
Exp. Nº 12.436
ILMV/mary *