En el día de hoy 12 de Agosto de 2016, siendo las 09:30 a.m., siendo la oportunidad para la celebración de la audiencia prolongada, SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA que:
Anunciada como fue la audiencia por el alguacil de este Circuito Judicial laboral, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora, y de la presencia del la parte demandada la entidad de trabajo “HILADOS FLEXILÓN, S.A.”, representado por la Apoderada Judicial la Abogada DELIN MILIANI, titular de las cédula de identidad números V-7.549.130, I.P.S.A. Nro.50.429, tal como consta en los autos desde el 53 al 55, ambos folios inclusive.
Al respecto, la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece en el artículo 130, parágrafo primero:
“El desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero el demandante no podrá volver a proponer la demanda antes que transcurran noventa días continuos”