REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas
Maturín, 8 de Diciembre de 2016
206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2014-008036
ASUNTO : NP01-P-2014-008036

Se procede a emitir pronunciamiento en relación al Sobreseimiento la causa seguida en contra de los ciudadanos RONALD JOSE LUNA BURGOS titular de la cédula de identidad Nº V- 22.620.721 venezolano, Natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 04/08/1994, de 19 años de edad, y de oficio: ayudante de albañileria, Estado Civil: Soltero, hijo de: ELIBETH BURGOS (V) y NELSON LUNAS (F) domiciliado: SECTOR ALTOS DE PARAMACONI, CALLE 03, CASA NUMERO 07,7 MATURIN ESTADO MONAGAS, y MOISES DAVID GOMEZ titular de la cédula de identidad Nº V- 20.916.715 venezolano, Natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 23/01/1992, de 22 años de edad, y de oficio: ayudante de albañileria, Estado Civil: Soltero, hijo de: MARLENES GOMEZ (V) y DESCONOCIDO, domiciliado: SECTOR ALTOS DE PARAMACONI, SECTOR 2, CALLE 05, CASA NUMERO 25, MATURIN ESTADO MONAGAS, de las medidas alternativas a la prosecución del Proceso, a quienes se les imputo el delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 111 de la Ley Desarme y Control de Armas y Municiones, en perjurio del ESTADO VENEZOLANO.
De la revisión de las actas procesales, así como del sistema computarizado de presentaciones, se aprecia el cabal cumplimiento por parte de los ciudadanos Ut Supra mencionados, así como también de las condiciones impuesta por este tribunal en fecha (05) de septiembre del año 2016, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en cumplimiento con el Artículo 300 ordinal 3 Ejusdem, y en consecuencia, DECLARA: EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de los ciudadanos RONALD JOSE LUNA BURGOS titular de la cédula de identidad Nº V- 22.620.721 venezolano, Natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 04/08/1994, de 19 años de edad, y de oficio: ayudante de albañileria, Estado Civil: Soltero, hijo de: ELIBETH BURGOS (V) y NELSON LUNAS (F) domiciliado: SECTOR ALTOS DE PARAMACONI, CALLE 03, CASA NUMERO 07,7 MATURIN ESTADO MONAGAS, y MOISES DAVID GOMEZ titular de la cédula de identidad Nº V- 20.916.715 venezolano, Natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 23/01/1992, de 22 años de edad, y de oficio: ayudante de albañileria, Estado Civil: Soltero, hijo de: MARLENES GOMEZ (V) y DESCONOCIDO, domiciliado: SECTOR ALTOS DE PARAMACONI, SECTOR 2, CALLE 05, CASA NUMERO 25, MATURIN ESTADO MONAGAS, a quienes se les imputo el delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 111 de la Ley Desarme y Control de Armas y Municiones, en perjurio del ESTADO VENEZOLANO. Asimismo se acuerda librar Oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub. Delegación Maturín, a los fines de que sean excluidos del Sistema Computarizado de Información Policial (SIIPOL) solo en relación al presente Asunto. Se ordena la remisión del presente asunto a la Oficina de Archivo definitivo Judicial, una vez adquiera firmeza.

DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Primero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se extingue la acción penal, conforme al artículo 49, ordinal 7 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se decreta El SOBRESEIMIENTO de la causa seguida en contra de los ciudadanos RONALD JOSE LUNA BURGOS titular de la cédula de identidad Nº V- 22.620.721 venezolano, Natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 04/08/1994, de 19 años de edad, y de oficio: ayudante de albañileria, Estado Civil: Soltero, hijo de: ELIBETH BURGOS (V) y NELSON LUNAS (F) domiciliado: SECTOR ALTOS DE PARAMACONI, CALLE 03, CASA NUMERO 07,7 MATURIN ESTADO MONAGAS, y MOISES DAVID GOMEZ titular de la cédula de identidad Nº V- 20.916.715 venezolano, Natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 23/01/1992, de 22 años de edad, y de oficio: ayudante de albañileria, Estado Civil: Soltero, hijo de: MARLENES GOMEZ (V) y DESCONOCIDO, domiciliado: SECTOR ALTOS DE PARAMACONI, SECTOR 2, CALLE 05, CASA NUMERO 25, MATURIN ESTADO MONAGAS, a quienes se les imputo el delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 111 de la Ley Desarme y Control de Armas y Municiones, en perjurio del ESTADO VENEZOLANO, en virtud de haber cumplido con las condiciones impuestas por este Tribunal en fecha (05) de septiembre del año 2016, en consecuencia, cesa la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, otorgada. SEGUNDO: Se acuerda librar Oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub Delegación Maturín, a los fines de que sean excluidos del Sistema Computarizado de Información Policial (SIIPOL) solo en relación al presente Asunto. Y a la Oficina del Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, a los fines de hacerle del conocimiento sobre la decisión dictada por este Tribunal. Hágase lo conducente. Cúmplase. Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Tribunal Primero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas. Años: 206° de la Independencia y 157° de la Federación.

El Juez


ABG. LARRY JOSÉ ZULETA

El Secretario