REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal CUARTO Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas
Maturín, 9 de Diciembre de 2016
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2015-006665
ASUNTO : NP01-P-2015-006665
ENTREGA DE VEHICULO EN PROPIEDAD PLENA.
En virtud del escrito presentado por el ciudadano ALEXI HAYEK, titular de la cédula de identidad Nº V-6.611.009, ACTUANDO en su condición de APODERADO JUDICIAL de la Empresa: ROFRER, S.A. originalmente inscrito en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, quien solicita la devolución de un vehículo con las siguientes características:, MARCA: MAZDA, MODELO: BT-50 2.6K 4X4/BT-50, PLACA: A71CT6A, AÑO: 2012, COLOR: BLANCO, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK UP, SERIAL N.I.V: 8LFUNY067CMJ03207, SERIAL DE MOTOR: G6408831, y siendo la oportunidad para emitir pronunciamiento este Tribunal lo hace de la siguiente manera:
Revisadas como han sido las actas procesales se observa, que la presente causa se inició mediante DENUNCIA COMUN en fecha 19 de Febrero del 2016, en virtud de que funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística Sub Delegación Punta de Mata Estado Monagas, compareció a este despacho quien dijo llamarse GARELLI ARAY AUGUSTO CONSTANTINO, con la finalidad de denunciar que dos personas desconocidas portando armas de fuego y bajo amenazas de muerte lo despojaron de un vehiculo: MARCA: MAZDA, MODELO: BT-50 2.6K 4X4/BT-50, PLACA: A71CT6A, AÑO: 2012, COLOR: BLANCO, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK UP, SERIAL N.I.V: 8LFUNY067CMJ03207, SERIAL DE MOTOR: G6408831,; aportada dicha información se procedió a realizar varios recorridos por el sector fue ubicado un vehículo con las mismas características aportadas por la compañía, el cual se encontraba en estado de abandono y para el momento de ser inspeccionado por la comisión se percatan que las matriculas no corresponden a las aportadas por la compañía satelital, procediendo a la retención del vehículo….”
Riela inserto al folio 04 de autos, INSPECCION TECNICA de fecha 19 de Febrero de 2016, suscrita por los funcionarios HEIDERBETH MARTINEZ Y DENNIS BELMONTE, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Sub Delegación Punta de Mata Estado Monagas, practicada en LA CALLE PRINCIPAL, POBLACION DE MUSIPAN, MUNICIPIO EZEQUIEL ZAMORA ESTADO MONAGAS, trastese de un sitio de suceso “ABIERTO” donde se encuentra estacionado un vehículo MARCA: MAZDA, MODELO: BT-50 2.6K 4X4/BT-50, PLACA: A71CT6A, AÑO: 2012, COLOR: BLANCO, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK UP, SERIAL N.I.V: 8LFUNY067CMJ03207, SERIAL DE MOTOR: G6408831,; el cual se encuentra en regular estado de uso y conservación.
Riela al folio 11 y su vto. De autos, ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 28/04/2015, realizada por los funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Sub Delegación MATURIN Estado Monagas, quienes dejan constancia de modo, lugar y tiempo como ocurrió la reocupación del vehiculo con las siguientes características , MARCA: MAZDA, MODELO: BT-50 2.6K 4X4/BT-50, PLACA: A71CT6A, AÑO: 2012, COLOR: BLANCO, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK UP, SERIAL N.I.V: 8LFUNY067CMJ03207, SERIAL DE MOTOR: G6408831,….”. La cual este Tribunal da por reproducido.
Riela al folio 16 de autos EXPERTICIA DE REGULACION PRUDENCIAL Nº 9700-0074-90, de fecha 28/04/2015, suscrita por los funcionarios INSPECTOR ROGER RAMOS Y AGREGADO CHARLES VIVAS, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub Delegación MATURIN y practicada a un Vehículo MARCA: MAZDA, MODELO: BT-50 2.6L 4X4/BT-50, PLACA: A71CT6A, AÑO: 2012, COLOR: BLANCO, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK UP, SERIAL N.I.V: 8LFUNY067CMJ03207, SERIAL DE MOTOR: G6408831, el cual guarda relación con el expediente K-15-0214-00258, de fecha 19/02/2015. La cual arrojó en su EXPOSICION: A los efectos propuestos, se procedió a la inspección de un vehículo el cual se encuentra en el Estacionamiento KATAR, ubicado en la Avenida José Tadeo Monagas, Maturín Estado monagas, presentando las siguientes características: MARCA: MAZDA, MODELO: BT-50 2.6L 4X4/BT-50, PLACA: A71CT6A, AÑO: 2012, COLOR: BLANCO, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK UP, SERIAL N.I.V: 8LFUNY067CMJ03207, SERIAL DE MOTOR: G6408831. CONCLUSIONES: 1.-Que la chapa del serial de Carrocería ubicada en el lado superior izquierdo del tablero o panel, donde se lee la cifra alfanumérica 8LFUNY067CMJ06732, se encuentra FALSA. 2.- Que la chapa del serial de Carrocería ubicada en la pared contra fuego, donde se lee la cifra alfanumérica 8LFUNY067CMJ06732, se encuentra FALSA. 3. Que la chapa del serial de Carrocería, donde se lee la cifra alfanumérica 8LFUNY067CMJ06732, se encuentra FALSA. 4. Que el serial de MOTOR, donde se lee la cifra alfanumérica G6408831, se encuentra ORIGINAL. 5.- ACTIVACION DE SERIALES, mediante el proceso de pulimentacion y aplicación del reactivo regenerador de caracteres borrados sobre metal (F.R.Y) en el área se encuentra estampado en el serial del chasis se logro obtener las siguientes cifras alfanuméricas 8LFUNY067CMJ03207 6.- Se procedió a verificar el serial de carrocería obtenido 8LFUNY067CMJ03207 y serial de motor (G6408831) mediante el Sistema de Información Policial (SIIPOL), constatando que dicho automotor se encuentra SOLICITADO, según EXPEDINTE K-15-0214-00258 de fecha 19/02/2015, LLEVADO POR ANTE LA SUB DELEGACION PUNTA DE MATA, ESTADO MOMAGAS, POR EL DELITO DE ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, LE CORRESPONDE LA MATRICULA A71CT6A, hasta la presente fecha y REGISTRA ante el Registro Nacional de Propietarios y Conductores del Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT), a nombre de ROFRER S.A, según Certificado de Registro de Vehículo.
Riela al folio 35 de autos ACTA DE ENTREVISTA rendida por el ciudadano HECTOR CORDOVA, por ante la Fiscalía Décima Tercera del Ministerio Público, quien deja constancia de haber realizado Experticia de identificación a los seriales de carrocería y motor del vehículo MARCA: MAZDA, MODELO: BT-50 2.6L 4X4/BT-50, PLACA: A71CT6A, AÑO: 2012, COLOR: BLANCO, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK UP, SERIAL N.I.V: 8LFUNY067CMJ03207, SERIAL DE MOTOR: G6408831, el cual se encuentra aparcado en el Estacionamiento KATAR, y no detectó ninguna anormalidad en la chapa de serial de carrocería, ni en el serial de chasis, ambos se encuentran ORIGINAL.
Riela al folio 47 de autos, de autos CERTIFICADO DE REGISTRO DE VEHICULO Nº 26750682, a nombre del ciudadano ROFRER S.A, correspondiente a un vehículo PLACA: A71CT6A, MARCA: MAZDA, MODELO: BT-50 2.6K 4X4/BT-50, AÑO: 2012, COLOR: BLANCO, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK UP, SERIAL N.I.V: 8LFUNY067CMJ03207, SERIAL DE MOTOR: G6408831.
Este tribunal para decidir respecto a las solicitudes lo hace bajo las siguientes consideraciones: Ahora bien, de la revisión de la Actas Procesales que componen el presente expediente, se puede evidenciar según el Acta Policial, de fecha 19 de Febrero del 2016, que el vehículo en mención fue retenido por funcionarios adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística Sub Delegación PUNTA DE MATA Estado Monagas, cuando se procedía a la revisión del mismo, la cual presento irregularidades en sus Seriales de Identificación. Observa esta Juzgadora, que si bien es cierto, en el Acta de Experticia realizada por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística a los seriales de identificación del antes mencionado vehículo, se deja constancia de que: 1.-Que la chapa del serial de Carrocería ubicada en el lado superior izquierdo del tablero o panel, donde se lee la cifra alfanumérica 8LFUNY067CMJ06732, se encuentra FALSA. 2.- Que la chapa del serial de Carrocería ubicada en la pared contra fuego, donde se lee la cifra alfanumérica 8LFUNY067CMJ06732, se encuentra FALSA. 3. Que la chapa del serial de Carrocería, donde se lee la cifra alfanumérica 8LFUNY067CMJ06732, se encuentra FALSA. 4. Que el serial de MOTOR, donde se lee la cifra alfanumérica G6408831, se encuentra ORIGINAL. 5.- ACTIVACION DE SERIALES, mediante el proceso de pulimentacion y aplicación del reactivo regenerador de caracteres borrados sobre metal (F.R.Y) en el área se encuentra estampado en el serial del chasis se logro obtener las siguientes cifras alfanuméricas 8LFUNY067CMJ03207 6.- Se procedió a verificar el serial de carrocería obtenido 8LFUNY067CMJ03207 y serial de motor (G6408831) mediante el Sistema de Información Policial (SIIPOL), constatando que dicho automotor se encuentra SOLICITADO, según EXPEDIENTE K-15-0214-00258 de fecha 19/02/2015, LLEVADO POR ANTE LA SUB DELEGACION PUNTA DE MATA, ESTADO MOMAGAS, POR EL DELITO DE ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, LE CORRESPONDE LA MATRICULA A71CT6A.- asimismo ante el Registro Nacional de Propietarios y Conductores del Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT), a nombre de la EMPRESA ROFRER, S.A, según Certificado de Registro de Vehículo, se considera además que los seriales que se encuentran señalados en las referidas chapas coinciden con los señalados en los documentos insertos en el presente expediente. Por otra parte, el Certificado de Registro de Vehículo que reposa en autos, la cual fue emitido por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones, Dirección General Sectorial de Transporte y Transito Terrestre, la cual corre inserta al folio sesenta y dos (62) del presente asunto, así como el documento PODER debidamente Autenticado, constituyen la tradición legal del vehículo en cuestión, todo lo cual hace constar que el derecho de propiedad del solicitante fue demostrado en autos, lo cual hace presumir la posesión de buena fe.
Este Tribunal, en aras de preservar el derecho de propiedad a nombre de la EMPRESA ROFRER, S.A,, permite a esta juzgadora en base al contenido del Artículo 293 del Código Orgánico Procesal Penal y 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ACORDAR LA ENTREGA DEL VEHICULO EN PROPIEDAD PLENA, al ciudadano: ALEXI HAYEK, titular de la cédula de identidad Nº V-6.611.009, ACTUANDO en su condición de APODERADO JUDICIAL de la Empresa: ROFRER, S.A., en virtud de encontrarse plenamente acreditada la propiedad sobre el Bien Mueble solicitado en las Actas Procesales. El Articulo 393 del Código Orgánico Procesal Penal establece que el Ministerio Publico devolverá lo antes posible los objetos recogidos a quien se incautaron y que no son imprescindibles para la investigación dicho dispositivo legal de manera textual expresa: “ El Ministerio Publico devolverá lo antes posible los objetos recogidos a quienes se incautaron y que no son imprescindibles para la investigación ….Las partes o los terceros podrán acudir ante el Juez de Control solicitando su devolución ….El Juez o el Ministerio Publico entregaran los objetos directamente o en deposito con la expresa obligación de presentarlo cada vez que sea requerido…”
De esta norma legal, se infiere que tiene derecho a reclamar la devolución de los bienes de los cuales incaute la autoridad investigadora, las personas que invoquen y demuestren su derecho a ello con la documentación que lo amerite. A tal efecto debe señalarse que el derecho a la propiedad esta garantizado por la Constitución de la Republica, en su Artículo 115 que establece “Se garantiza el derecho a la propiedad. Toda persona tiene derecho de uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes….”. Esto en virtud de que el referido vehículo no se encuentra solicitado, por ante ningún organismo, por lo que se presume que la solicitante es una compradora de buena fe. Así mismo se acredita de las Actas Procesales que el ciudadano solicitante acreditó la propiedad por el Documento Poder cursante a los folios 55, 56 y 57 respectivamente, quedando anotado bajo el número 61, Tomo 91, de la Notaría Pública Segunda de Ciudad Bolívar, Municipio Heres del Estado Bolívar, de fecha 17 de Noviembre de 2016, y el mismo no se encuentra solicitado, ni requerido por otra persona, está acreditada la Propiedad por parte del solicitante, por lo que lo ajustado a derecho es entregar el bien mueble reclamado.
DISPOSITIVA
Sobre la base de lo antes explanado, quien aquí suscribe considera que los documentos presentados el ciudadano: ALEXI HAYEK, titular de la cédula de identidad Nº V-6.611.009, tiene valor acreditivo de propiedad. En resumen la documentación presentada por la solicitante, le ampara la propiedad del Vehículo, cuya entrega ha requerido, y constatado como ha sido el derecho que se alega sobre el bien mueble en el presente Asunto, motivo por el cual este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de del Circuito Judicial Penal de Maturín Estado Monagas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda LA ENTREGA EN PLENA PROPIEDAD, al ciudadano solicitante: ALEXI HAYEK, titular de la cédula de identidad Nº V-6.611.009, ACTUANDO en su condición de APODERADO JUDICIAL de la Empresa: ROFRER, S.A., el vehículo PLACA: A71CT6A, MARCA: MAZDA, MODELO: BT-50 2.6K 4X4/BT-50, AÑO: 2012, COLOR: BLANCO, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK UP, SERIAL N.I.V: 8LFUNY067CMJ03207, SERIAL DE MOTOR: G6408831, ordenándose librar Oficio al ESTACIONAMIENTO KATAR, ubicado en la Avenida José Tadeo Monagas, Maturín Estado Monagas, a los fines de que proceda a la entrega del vehículo al ciudadano: ALEXI HAYEK, titular de la cédula de identidad Nº V-6.611.009, ACTUANDO en su condición de APODERADO JUDICIAL de la Empresa: ROFRER, S.A informándole igualmente al propietario del Estacionamiento que deberá exonerarle el 10 % de los emolumentos que deba pagar por concepto de Estacionamiento.
Regístrese la presente decisión. Ofíciese al Estacionamiento y precédase a la devolución de los Documentos originales previa certificación en autos, así como de la presente decisión. Déjese copia de la presente decisión. Remítase al Ministerio Público en el lapso de Ley.
La Jueza
ABG. KENDAL J. ROMERO FERNÁNDEZ
La Secretaria
ABG. JOSEFA MORENO
Acuerda LA ENTREGA EN PLENA PROPIEDAD, al ciudadano solicitante: ALEXI HAYEK, titular de la cédula de identidad Nº V-6.611.009, ACTUANDO en su condición de APODERADO JUDICIAL de la Empresa: ROFRER, S.A., el vehículo PLACA: A71CT6A, MARCA: MAZDA, MODELO: BT-50 2.6K 4X4/BT-50, AÑO: 2012, COLOR: BLANCO, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK UP, SERIAL N.I.V: 8LFUNY067CMJ03207, SERIAL DE MOTOR: G6408831