REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución
del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 9 de Diciembre de 2016
206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL: NP01-P-2010-000931
ASUNTO : NP01-P-2010-000931

De la revisión de las actuaciones se evidencia en resultas de Boleta de Citación librada al Penado: ROBERT ALEJANDRO ZAPATA MARTINEZ consignada por el departamento de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal en el cual señala que faltan datos de las personas a citar; este Tribunal para decidir con respecto a la Situación Procesal del prenombrado penado, previamente observa que el penado ROBERT ALEJANDRO ZAPATA MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 19.876.196, de Nacionalidad Venezolano, Natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 27-08-1989, mayor de edad, de 20 años, hijo de MARIA MARTINEZ (V) CARLOS ZAPATA (V), con 3er año de Educación Básica, de Estado Civil Soltero, domiciliado URBANIZACIÓN JUANICO CERCA D UDO, CASA NRO. 289, MATURÍN ESTADO MONAGAS. Telf. 0414-1916394 (papa), quien fue condenado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION mas las penas accesorias establecidas en el articulo 16 del Código Penal, por la comisión del los delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, la cual se sanciona en el tercer aparte del Artículo 31 de la Ley Orgánica Contra EL Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, siendo que en múltiples oportunidades se ha librado Boleta de Citación resultando infructuoso su ubicación y comparecencia , motivo pro el cual a los fines de someter al proceso al penado es por lo que se ordena su captura.

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Órgano Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley; SE ORDENA ORDEN DE CAPTURA al penado ROBERT ALEJANDRO ZAPATA MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 19.876.196, a los fines de sumarlo al proceso, quien deberá ser puesto a la orden de este Tribunal, una vez se materialice la misma. Regístrese, diaricese y déjese copia debidamente certificada por Secretaría. Notifíquese al Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, a la Defensa del penado. Líbrese oficio al Jefe del Bloque de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas. Hágase lo Conducente. Cúmplase.-
El Juez

ABG. MARIA MERCEDES ROMERO
La Secretaria

ABG. YUCXY JIMENEZ