REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, QUINCE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
206º y 156º

Visto el convenimiento suscrito por las partes el ciudadano RONALD JOSE SALZAR MAIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.774.844, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 101.332, actuando en este acto en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil CELADOES DEL FUTURO C..A, parte demandante en el presente juicio, y por la parte demandada la ciudadana IVONNE AUXILIADORA LEIVA CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.723.893, actuando en su condición de vice presidenta de la sociedad mercantil SERVICIOS INTEGRALES LEIMAR C.A., asistida en este acto por el profesional del derecho ciudadano JAVIER ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 96.360, Expediente N° 34.008, y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derecho de ninguna de las partes y versa sobre derecho disponible, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho acto en todas y cada una de su partes y en los términos acordados por los contendiente. Expídanse por secretaria las copias certificadas solicitadas y entréguesele al interesado, a los fines legales consiguientes.


ABG. MARY ROSA VIVENES VIVENES,
LA JUEZA,


La Secretaria,

En la misma fecha se cumplió lo ordenado, se publicó y registró la anterior decisión siendo las 11:00 a.m.-

La Stria,







Exp N° 34.008