ACTA
N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2016-878
PARTE ACTORA: AIDA DUARTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de N° 8.359.124.
APODERADOS DE LAS PARTES DEMANDADAS: Abogado, ERASMO HERNANDEZ, Inpreabogado N° 42.284.
PARTE DEMANDADA: MANAPLAS, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado, YULIMAR SIFONTES, Inpreabogado N° 58.184.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.-
En el día de hoy 16 de diciembre de 2016, siendo habilitada para que tenga lugar el inicio de la audiencia Preliminar, comparecieron la ciudadana AIDA DUARTE, asistida del abogado ERASMO HERNANDEZ, también comparecieron el abogado YULIMAR SIFONTES, apoderado judicial de la empresa demandada, quien presentó copia del poder. Por una parte, la parte el accionante solicita que le cancelen todas las indemnizaciones que les corresponden por concepto de prestaciones sociales, en la cantidad de Bs. 62.493,09 por otra parte empresa demandada expone: Una vez revisado la petición del accionante y habiendo realizado los cálculos en la presente audiencia, conviene en pagar la cantidad de Bs. 62.493,09, todos pagaderos para el día de hoy mediante cheque del Banco BBVA Provincial, cuenta corriente N° 0108-0256-32-0100168572, cheque N° 00001785. El accionante manifiesta que acepta el ofrecimiento realizado por la parte demandada, en conocimiento de los cálculos realizados y recibe en sus manos el titulo valor antes mencionado de manera satisfactoria. Todas las partes declaran que con este pago se abarca todos y cada uno de los conceptos demandados y los que pudiere haber generado, no quedando ningún otro concepto de prestaciones sociales. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL.
LA JUEZA
ABOG. MARILEUDIS GALLARDO T.
LAS PARTES COMPARECIENTES.
EL SECRETARIO
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