Se da por recibido el presente expediente, constante de Una Pieza, contentivo de solicitud de DIVORCIO fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos ERIC ANDRADE y DORYS ROSALES, titulares de las cédulas de Identidad N° V- 13.948.403 y V-9.675.776, respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado ALIZAR SAAB, inscrito en el Instituto de Prevision Social del Abogado bajo en Nro. 170.431; remitido por el Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua-sede Maracay, anexo oficio signado con el Nro. 1052-2016, de fecha 30/11/2016, quien se declaro incompetente por el territorio para seguir conocimiento la presente acción y declino la competencia a éste juzgado, mediante auto a éste juzgado de igual fecha, en razón del territorio