REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 02 de diciembre de 2016
206º y 157º

N° DE EXPEDIENTE: DP11-L-2016-000588
PARTE ACTORA: JASHIR ROBLE
PARTE DEMANDADA: Entidad de Trabajo CORP CRISTAL GLASS C.A.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado en ejercicio JOAN MARRERO, Inpreabogado Nro. 113.346
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy 02 de diciembre, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hicieron tres (3) anuncios de Ley a las puertas del Tribunal en presencia del ciudadano juez y se declaró abierto el acto, dejándose constancia que la demandante no comparecieron ni por sí, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por la parte demandada compareció el ciudadano JUAN MANUEL DE LEON titular de la cédula de identidad V- 18.266.356, en su carácter de Presidente de la entidad de trabajo asistido en este acto por el Abg. JOAN MARRERO, Inpreabogado Nro. 113.346. En este estado el ciudadano Juez LUEGO DE HABER TRANSCURRIDO UN LAPSO DE ESPERA PRUDENCIAL, y observando la persistencia de la incomparecencia de la parte actora declara DESISTIDO el procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dando por terminada la presente causa; siendo homologado de conformidad con el artículo 133 ejusdem, así mismo se ordena el archivo y cierre del expediente una vez que haya transcurrido el lapso correspondiente para ejercer los recursos legales. Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman. Dándose por cerrado el acto a las 10:15 a.m. del día de hoy. Se realizan tres (3) ejemplares a un mismo tenor y a un solo efecto. Es todo.
EL JUEZ,
SERVIO O. FERNÁNDEZ ROJAS.

LA PARTE DEMANDADA


LA SECRETARIA,
PERLA CALOJERO