REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 28 de enero de 2016.-
205° y 156°
Visto el escrito de fecha 22.01.2016, suscrita por los abogados ANTONIO BELLO LOZANO MÁRQUEZ Y SANDRA TIRADO CHACÓN, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, mediante la cual recurre de hecho contra el auto de fecha 20.01.2016, dictado por este Tribunal. En consecuencia, esta Superioridad ordena de conformidad con el artículo 316 del Código de Procedimiento Civil, practicar cómputo por secretaria de los días de despacho transcurridos desde el 21.01.2016 hasta el 27.01.2016, ambos inclusive, fecha en que venció el lapso para ejercer el recurso a que hubiera lugar contra el mencionado auto. CUMPLASE.-
LA JUEZ,
DRA. INDIRA PARIS BRUNI
El SECRETARIO ACC.
Abg. JHONME R. NAREA TOVAR
Quien suscribe Abg. JHONME R. NAREA TOVAR, Secretario accidental del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, HACE CONSTAR: Que desde el 21.01.2016 hasta el 27.01.2016, ambos inclusive, han trascurrido cinco (5) días de despacho, los cuales se especifican a continuación: 21, 22, 25, 26, 27 del mes de enero 2016. Caracas, 28 de enero de 2016.-
El SECRETARIO ACC.
Abg. JHONME R. NAREA TOVAR
IPB/MAP/jean carlos
EXP N° AP71-R-2014-000512
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 28 de enero de 2016.-
205° y 156°
Visto el escrito de fecha 22.01.2016, suscrita por los abogados ANTONIO BELLO LOZANO MÁRQUEZ Y SANDRA TIRADO CHACÓN, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, mediante la cual recurre de hecho contra el auto de fecha 20.01.2016, dictado por este Tribunal. Se ordena la remisión del presente expediente al Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Civil; haciendo constar que el último día para ejercer el recurso de hecho, lo fue el día veintisiete (27) de Enero de 2016.-
LA JUEZ,
DRA. INDIRA PARIS BRUNI
El SECRETARIO ACC.
Abg. JHONME R. NAREA TOVAR
IPB/MAP/jean carlos
EXP N° AP71-R-2014-000512
En el día de hoy 11.08.2015. Se libró oficio Nº________2015, acordado en esta misma fecha. Se deja expresa constancia: (i) los folios del 35 al 266, de la pieza Nº 1 se encuentran tachados y presentan enmendadura; (ii) los folios 02 al 03, 17 al 31, 95 al 103, 108 al 112, 114 al 122, 127 al 131, 139 al 147, 150 al 154, 157 al 165, 170 al 177, 180 al 188, 193 al 196, 237 al 242, 270 al 281, 285 al 292, 309 al 441, de la pieza Nº 2, se encuentran tachados y presentan enmendadura (iii) Que las foliaturas que no han sido testadas son totalmente validas.
LA SECRETARIA
MARIELA ARZOLA PADILLA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 28 de enero de 2016.-
205° Y 156°
OFICIO Nº ________/2016.
CIUDADANO:
Dr. GUILLERMO BLANCO.
PRESIDENTE Y DEMÁS MAGISTRADOS TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
SU DESPACHO.-
Me dirijo a usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio expediente Nº AP71-R-2014-000512 de la nomenclatura de este Tribunal Superior, contentivo del RECURSO DE HECHO interpuesto en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO siguen la sociedad mercantil INMOBILIARIA 401.646, contra el ciudadano SAMUEL HAYON, constante de una (01) pieza, de quinientos cuarenta y dos (542) folios útiles.-
Remisión que se le hace en virtud de lo ordenado por auto de esta misma fecha.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ,
DRA. INDIRA PARIS BRUNI
IPB/Betania
EXP Nº AP71-R-2014-000512