TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL CON SEDE EN CARACAS. Caracas, Catorce (14) de enero de dos mil dieciséis (2016).
205° y 156°
Vista la diligencia de fecha trece (13) de enero de 2016, suscrita por la abogada Cecilia Rizquez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 92.513, actuando en su propio nombre y representación como parte actora, mediante la cual expone una serie de alegatos relacionados con su incomparecencia a la Audiencia Definitiva celebrada en este Juzgado en fecha diez (10) de diciembre de 2015; asimismo consigna un reposo certificado por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales y como punto final solicita se le fije una nueva oportunidad para la celebración de la Audiencia Definitiva dispuesta en el articulo 107 de la Ley del Estatuto de la Función Publica. En consecuencia revisados los alegatos esgrimidos por la ciudadana Cecilia Rizquez antes mencionada, este Órgano Jurisdiccional en aras de garantizar el derecho a la defensa, debida proceso y una tutela judicial efectiva, REPONE la causa al estado de notificar a las partes que una vez conste en autos la ultima de las notificaciones se fijara por auto expreso la oportunidad para la celebración de la Audiencia Definitiva en el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial. Se deja constancia que se procederá a librar las notificaciones correspondientes.
EL JUEZ
Abg. JOSÉ VALENTÍN TORRES R.
LA SECRETARIA ACC
MARIA ELENA PAREDES.
Exp. 2536
JVTR/MP/oa