REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
SEDE EN MARACAY
Maracay, 11 de Enero de 2016.
205° y 156°
Expediente Nº: 412.
PARTE ACTORA: MIGUEL SANTIAGO MARTINEZ RAVELO, titular de la Cédula de Identidad No. V-2.588.864
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: RAFAEL ANGEL VALECILLOS Y FLORENTINO BARRIOS ARELLANO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 18.472 y 11.793
DEMANDADA: BANCO MERCANTIL, C.A BANCO UNIVERSAL
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: MARCO AURELIO REQUENA, MIRLA ARAUJO, TERESA AMORELLI, ALEJANDRO REYES Y RODOLFO MORENO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 22.739, 99.703, 22.610, 22.682 y 22.601
MOTIVO: DAÑOS Y PERJUICIOS (APELACION).-
VI. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial ut supra, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de Apelación ejercido por Abogado RAFAEL ANGEL VALECILLOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 18.472 actuando como apoderado judicial de la parte Actora ciudadano MIGUEL SANTIAGO MARTINEZ RAVELO, titular de la cedula de identidad Nº 2.588.864, contra la Sentencia dictado por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA en fecha 20 de Mayo de 2013.
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia dictada 20 de Mayo de por el Juzgado Segundo De Primera Instancia En Lo Civil y Mercantil De La Circunscripción Judicial Del Estado Aragua.
TERCERO: Siendo que la presente decisión fue dictada fuera del lapso legal correspondiente, se ordena la notificación de las partes en el presente juicio de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza del presente fallo-.
Déjese copia. Publíquese, Regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los ONCE (11) días del mes de Enero de 2016. Años: 205º de la Independencia y 156º de la Federación.
LA JUEZ SUPERIOR,
DRA. MAIRA ZIEMS.
LA SECRETARIA,
ABG. JHEYSA ALFONZO.
En la misma fecha, se dio cumplimiento a la anterior decisión siendo las 11:30 de la mañana.-
LA SECRETARIA,
ABG. JHEYSA ALFONZO.