REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS Y JOSE RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


La Victoria: Trece (13) de Enero del Dos Mil Dieciséis (2016)
205° y 156°


Asiento Nº 10

SOLICITANTES: LUZ MARIA SEIJAS DE PEREZ y LUIS ARGENIS PEREZ RAMIREZ venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.581.441 y V-6.458.166, respectivamente, de este domicilio.

ABOGADA ASISTENTE: ZAIDA ISABEL LINARES DE MOTA, titular de la cédula de identidad Nº V-5.451.290, Inpreabogado Nº 189.262.

MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS.

EXPEDIENTE: 111-16


Efectuado como ha sido el sorteo Nº 249-1013, de fecha 11-01-2016, correspondió a éste Tribunal el conocimiento y sustanciación de la presente causa, visto sus recaudos anexos, presentado por los ciudadanos: LUZ MARIA SEIJAS DE PEREZ y LUIS ARGENIS PEREZ RAMIREZ venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.581.441 y V-6.458.166, respectivamente, de este domicilio, debidamente asistido por el Abogado ZAIDA ISABEL LINARES DE MOTA, titular de la cédula de identidad Nº V-5.451.290, Inpreabogado Nº 189.262, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres y alguna disposición expresa de Ley, se ADMITE cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, éste Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley DECRETA dicha SEPARACIÓN DE CUERPOS, en la misma forma, términos y condiciones por ellos convenido, de conformidad con lo establecido en los Artículos 189 y 190 del código Civil, en concordancia con el Artículo 762 Parágrafo Primero del Código de Procedimiento Civil. Expídanse las copias certificadas por Secretaria, que fueren menester a los interesados, con inserción del presente auto, todo conforme a lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. CÚMPLASE.-
LA JUEZ TEMPORAL

ABOG. BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA


La Secretaria

Abg. Stephany Ibarra


En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el anterior auto. Siendo las 1: 30 p.m.

La Secretaria
Abg. Stephany Ibarra



ECGB/SI/At
Exp. 111-16