REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL


JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, DIECINUEVE DE FEBRERO DEL DOS MIL DIECISEIS.

205º y 156º

Visto que en fecha Once (11) de Febrero del año en curso, no se agregaron las pruebas consignadas por el Defensor judicial de la parte demandada, Abogado JESUS ANTONIO RODRIGUEZ ORDOSGOITTY, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 39.004, y de este domicilio, en virtud de encontrarse el presente expediente mal archivado, este Juzgador de conformidad con el artículo 206 del código de procedimiento civil el cual establece: “Los Jueces procuraran la estabilidad de los juicios, evitando o corrigiendo las faltas que puedan anular cualquier acto procesal…, REPONE la causa al estado de agregar dichas pruebas a los autos y se hace en esta misma fecha y por autos separados.

DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO.
EL JUEZ
LA SECRETARIA


EXP. No. 33.069
Eleczo..