REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO SEPTIMO EJECUTOR DE MEDIDAS



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 01 de Julio de 2016
206º y 157º

Vista la diligencia de fecha 16 de mayo de 2016, suscrita por MIGUEL PEÑA Alguacil encargado de practicar la notificación de los ciudadanos, CILLY MUÑOZ DURAN Y LUIS PEREZ RENDILES. En su condición de parte demandada en el presente juicio, mediante la cual se evidencia la imposibilidad de hacer efectiva la misma, en virtud de: “…quien hasta la presente fecha no ha comparecido a darse por notificación, por tal manera se devuelve dicha boleta de notificación al tribunal de origen…”, es por lo que, este Tribunal a los fines de procurar, el debido proceso y el derecho a la defensa, ordena su notificación mediante Cartel de dicha parte. A los fines de participarles de la Sentencia dictada por este Juzgado en fecha 23 de abril de 2013. Dicho Cartel deberá ser publicado en la Cartelera de este Despacho Judicial. Se le advierte que una vez conste en autos la última notificación ordenada y la nota de Secretaría que se dio cumplimiento a las formalidades de Ley, se le tendrá por notificada. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 174,233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
LA JUEZ TITULAR,



MILENA MÁRQUEZ CAICAGUARE

LA SECRETARIA TITULAR,



ARELYS DEPABLOS ROJAS.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se libró Cartel de Notificación a la parte demandada.-
LA SECRETARIA TITULAR,


ARELYS DEPABLOS ROJAS.


Exp. Nº 00207-12
Nº Exp. Antiguo: AH1A-V-2001-000112.
MMC/ADR/10.-

























REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 01 de Julio de 2016
206º y 157º
CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
Al ciudadano OLIVER ALBERTO CURVELO MONSALVE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 104.821,quien actúa en su carácter de Defensor Judicial de los Ciudadanos CILLY MUÑOZ DURAN y LUIS PEREZ RENDILES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V- 11.027.586 y v-55.235, en su carácter de parte demandada en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES incoara en su contra, la Sociedad Mercantil BANCO MERCANTIL, ,C.A. BANCO UNIVERSAL, en el expediente signado bajo el Nº antiguo AH1A-V-2001-000112, de la nomenclatura interna del Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y nomenclatura interna de este Tribunal Nº 00207-12, que por auto de esta misma fecha se ordenó notificarle mediante el presente cartel, de la Sentencia dictada por este Juzgado en fecha 23 de abril de 2013 mediante la cual se declaró: PRIMERO: La cantidad de OCHO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS BOLÍVARES CON VEINTISIETE CÉNTIMOS (Bs. 8.672,27) por concepto de saldo de capital de la obligación. SEGUNDO: La cantidad de TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO BOLÍVARES CON DIECINUEVE CÉNTIMOS (Bs. 385,19), por concepto de intereses ordinarios causados desde el 04 de febrero de 1999 al 3 de marzo de 1999, sobre la cuota Nº 20 del préstamo, calculados a la tasa de cuarenta y seis por ciento (46%) anual, sobre el capital vencido y no pagado TERCERO: La cantidad de NUEVE MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE BOLÍVARES CON SETENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 9.419,78), por concepto de intereses de mora, calculados desde el 04 de marzo de 1999 hasta el 17 de diciembre de 2002, ambas fechas inclusive. CUARTO: Los intereses moratorios que sigan causándose desde el 18 de enero de 2002 hasta la fecha en que la presente Sentencia quede definitivamente firme. QUINTO: Se ORDENA oficiar al Banco Central de Venezuela (BCV) a los fines de que por vía de colaboración determine, mediante una experticia complementaria del fallo, el monto que por concepto de intereses moratorios, deberán pagar los ciudadanos CILLY MUÑOZ DURAN y LUIS PÉREZ RENDILES, a la sociedad mercantil BANCO MERCANTIL, C.A. (BANCO UNIVERSAL) conforme a la tasa del tres por ciento (3%) anual, adicional a la TASA CORPORATIVA MERCANTIL (T.C.M.) convencionalmente fijada como aplicable. Al efecto, se concede un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir en que la presente decisión quede definitivamente firme. SEXTO: Por cuanto ha sido vencida totalmente la parte demandada, se CONDENA EN COSTAS de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. Se le advierte que una vez conste en autos la notificación ordenada y la nota de la Secretaria que se dio cumplimiento a las formalidades de Ley, se le tendrá por notificada. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 174, 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.

DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ TITULAR,



MILENA MÁRQUEZ CAICAGUARE.-
Dirección del Tribunal: Avenida Este 2, con Sur 25, piso 12 Edificio José Vargas, Los Caobos, Municipio Libertador del Distrito Capital, Área Metropolitana de Caracas, Teléfono: 5762223.
Exp. Nº 00207-12
Nº Exp. Antiguo: AH1A-V-2001-000112.
MMC/ADR/10.-










En el día de hoy, quien suscribe ARELYS DEPABLOS ROJAS, Secretaria Titular del Juzgado Séptimo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Dejo expresa constancia que se fijó el presente Cartel de Notificación de sentencia, librado a la parte demandada, en la Cartelera de este Tribunal. Caracas, Asimismo, se deja constancia que se han cumplido las formalidades previstas en los artículos 174, 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil, con relación a la Notificación de las partes. Caracas, 01 de Julio de 2016. Años: 206º y 157º.

LA SECRETARIA TITULAR,


ARELYS DEPABLOS ROJAS








Exp. Nº 00207-12
Nº Exp. Antiguo: AH1A-V-2001-000112.
MMC/ADR/10.-