REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO SEPTIMO EJECUTOR DE MEDIDAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 01 de Julio de 2016
206º y 157º
Vista la diligencia de fecha 16 de mayo de 2016, suscrita por MIGUEL PEÑA Alguacil encargado de practicar la notificación de la ciudadana, MARIA CANDELARIA DOMINGUEZ. En su condición de Defensora Judicial de la parte demandada en el presente juicio, mediante la cual se evidencia la imposibilidad de hacer efectiva la misma, en virtud de: “…quien hasta la presente fecha no ha comparecido a darse por notificada, por tal manera se devuelve dicha boleta de notificación al tribunal de origen…”, es por lo que, este Tribunal a los fines de procurar, el debido proceso y el derecho a la defensa, ordena su notificación mediante Cartel de dicha parte. A los fines de participarles de la Sentencia dictada por este Juzgado en fecha 17 de enero de 2014. Dicho Cartel deberá ser publicado en la Cartelera de este Despacho Judicial. Se le advierte que una vez conste en autos la última notificación ordenada y la nota de Secretaría que se dio cumplimiento a las formalidades de Ley, se le tendrá por notificada. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 174,233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
LA JUEZ TITULAR,
MILENA MÁRQUEZ CAICAGUARE
LA SECRETARIA TITULAR,
ARELYS DEPABLOS ROJAS.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se libró Cartel de Notificación a la parte demandada.-
LA SECRETARIA TITULAR,
ARELYS DEPABLOS ROJAS.
Exp. Nº 00432-12
Nº Exp. Antiguo: AH1C-M-2003-000046.
MMC/ADR/10.-
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 01 de Julio de 2016
206º y 157º
CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A la ciudadana MARIA CANDELARIA DOMÍNGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.469,quien actúa en su carácter de Defensor Judicial de la Sociedad Mercantil DESARROLLOS DAGNOR, C.A., inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 10 de julio de 1996, anotado bajo el No 17, Tomo 343-A., en su carácter de parte demandada en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES incoara en su contra, Sociedad Mercantil ENVASES METÁLICOS DEL CENTRO, S.A., (EMC, S.A.), en el expediente signado bajo el Nº antiguo AH1C-M-2003-000046, de la nomenclatura interna del Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y nomenclatura interna de este Tribunal Nº 00432-12, que por auto de esta misma fecha se ordenó notificarle mediante el presente cartel, de la Sentencia dictada por este Juzgado en fecha 17 de enero de 2014 mediante la cual se declaró: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES incoara la sociedad mercantil ENVASES METÁLICOS DEL CENTRO, S.A. (EMC, S.A.) contra la sociedad mercantil DESARROLLOS DAGNOR, C.A., ambas partes identificadas al inicio de este decisión. SEGUNDO: SE CONDENA a la parte demandada sociedad mercantil DESARROLLOS DAGNOR, C.A., al pago de la cantidad de VEINTITRÉS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO DÓLARES AMERICANOS CON OCHENTA Y TRES CÉNTAVOS DE DÓLAR (US$. 23.438,83) y cuyo valor de conversión en bolívares a la tasa de Bs. 1.600 por dólar es de TREINTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS DOS MIL CIENTO TREINTA Y OCHO BOLÍVARES CON VEINTICUATRO CÉNTIMOS (Bs. 37.502.138,24) ahora TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS DOS BOLÍVARES CON TRECE CÉNTIMOS (Bs. 37.502,13) monto total de las facturas adeudadas. TERCERO: SE CONDENA a la parte demandada sociedad mercantil DESARROLLOS DAGNOR, C.A., al pago de los intereses moratorios calculados al 1% mensual desde la fecha de vencimiento de las facturas Nos. 28614, 29597, 26326, 26539, 27148 y 27549 hasta la fecha en que la presente decisión quede definitivamente firme, por experticia complementaria del fallo, conforme al artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, la cual será realizada por vía de colaboración por el Banco Central de Venezuela. CUARTO: SE ORDENA oficiar al Banco Central de Venezuela (BCV), a los fines de que por vía de colaboración determine, mediante experticia complementaria del fallo, el monto que por concepto de intereses moratorios deberá pagar la sociedad mercantil DESARROLLOS DAGNOR, C.A., a la sociedad mercantil ENVASES MÉTALICOS DEL CENTRO, S.A., (EMC. S.A) conforme a la tasa del uno por ciento (1%) anual. Al efecto, se concede un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir en que la presente decisión quede definitivamente firme. QUINTO: IMPROCEDENTE la solicitud de pago de los gastos de cobranzas y honorarios profesionales. SEXTO: SE NIEGA la indexación monetaria por las razones explanadas anteriormente SÉPTIMO: Por la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil. NOVENO: En razón de que la presente decisión se publica fuera de su lapso legal, se ordena la notificación de las partes de conformidad con lo previsto en los Artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Se le advierte que una vez conste en autos la notificación ordenada y la nota de la Secretaria que se dio cumplimiento a las formalidades de Ley, se le tendrá por notificada. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 174, 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ TITULAR,
MILENA MÁRQUEZ CAICAGUARE.-
Dirección del Tribunal: Avenida Este 2, con Sur 25, piso 12 Edificio José Vargas, Los Caobos, Municipio Libertador del Distrito Capital, Área Metropolitana de Caracas, Teléfono: 5762223.
Exp. Nº 00432-12
Nº Exp. Antiguo: AH1C-M-2003-000046.
MMC/ADR/10.-
En el día de hoy, quien suscribe ARELYS DEPABLOS ROJAS, Secretaria Titular del Juzgado Séptimo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Dejo expresa constancia que se fijó el presente Cartel de Notificación de sentencia, librado a la parte demandada, en la Cartelera de este Tribunal. Caracas, Asimismo, se deja constancia que se han cumplido las formalidades previstas en los artículos 174, 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil, con relación a la Notificación de las partes. Caracas, 01 de Julio de 2016. Años: 206º y 157º.
LA SECRETARIA TITULAR,
ARELYS DEPABLOS ROJAS
Exp. Nº 00432-12
Nº Exp. Antiguo: AH1C-M-2003-000046.
MMC/ADR/10.-