REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO
Maturín, 15 de Julio de 2016
206º y 157º
Por cuanto fui designada como Jueza Suplente, de este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Monagas y Delta Amacuro con Competencia Transitoria en los Estados Nueva Esparta, Sucre, Anzoátegui y Bolívar, mediante oficio Nº CJ-15-4132, de fecha 10/11/2015, tomando posesión del mismo el 10/12/2015, previa juramentación por ante la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia Magistrada, Doctora Gladys María Gutiérrez Alvarado, en fecha 02/12/2015; en consecuencia, Me Aboco de Oficio al conocimiento de la presente causa, ordenándose la notificación de los ciudadanos FELIPE EFRAIN VELASQUEZ y ANGELA CECILIA MARCHAN DE VELASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 547.694 y V- 9.093.062, en su orden, y la empresa denominada PAVIMENTOS y CANTERAS LA LLANADA, inscrita por ante el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda el día 03 de Marzo del 2000, anotada bajo el Nº 22, Tomo 13- A- Cto, (parte demandante), informándole que una vez que conste en auto la ultima de las notificaciones y transcurridos los diez (10) días de Despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, más dos (02) días concedidos como termino de la distancia comenzará a correr el lapso previsto en el artículo 90 eiusdem, y vencido el mismo sin que las partes hubieran hecho uso de tal derecho, la causa se reanudará en el estado que se encuentra, para lo cual se ordena librar boletas de notificación, despacho de comisión y oficio.
La Jueza, Suplente
JENNIE WALKIRIA SALVADOR PRATO
El Secretario,
JHON WILMER MÉNDEZ
Exp. Nº 0272-2013.-
JWS/jwm/fernando