DECISIÓN

En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara “CON LUGAR”, la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos: VICTOR JOSE SANCHEZ RODRIGUEZ y ESPERANZA JOSEFINA SUAREZ DE SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-349.814 y V-2.244.248 respectivamente, representada ésta ultima por su apoderado judicial abogado Alberto Serrano, Inpreabogado Nro 133.754, asistidos por el abogado Rafael Martínez Inpreabogado N° 107.718.
En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha en fecha treinta ( 30 ) de diciembre del 1958, contrajeron matrimonio civil por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, según Acta N° 311, Tomo II, del año 1958, inserta al folio 07 al 09, de estas actuaciones.
Liquídese la comunidad conyugal en caso de existir bienes
Publíquese, Regístrese, Ejecútese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los veintisiete (27) días del mes de julio del año 2016. Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación.-
LA JUEZ PROVISORIA,

ISNELDA LOURDES MENDIA VILLEGAS
LA SECRETARIA TEMPORAL

NOHEMY URBINA

En esta misma fecha se registró y publicó la anterior sentencia, siendo las 11:00 a.m.
LA SECRETARIA, TEMP.,


Exp. Nº 12.364-16
ILMV/zs*