DECISIÓN
En fuerza de las anteriores consideraciones, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos CARMEN YOLANDA DELGADO GARCIA Y ALVARO ALBERTO FERNANDEZ DELGADO venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V- 10.669.854 y V-7.177.265 respectivamente, asistidos por el abogado JOSE LUIS SALAZAR VELIZ Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 158.574.
Como consecuencia de la declaratoria anterior, queda disuelto el vínculo matrimonial que unía a los cónyuges en virtud del matrimonio civil celebrado en fecha 24 de octubre de 1995, en el Registro Civil del Municipio Girardot Estado Aragua según Acta de matrimonio signada con el Nº 653, Tomo 3, Año 1995.
Liquídese la comunidad conyugal en caso de existir bienes.
Regístrese, publíquese déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los veintinueve ( 29 ) días del mes de JULIO del año 2016. Años 207° de la Independencia y 156° de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIA
ISNELDA LOURDES MENDIA VILLEGAS
LA SECRETARIA TEMPORAL,
NOHEMY COROMOTO URBINA
En esta misma fecha se registró y publicó la anterior sentencia, siendo las 10.40 a. m.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
NOHEMY COROMOTO URBINA
EXP. Nº 12.360-16
ILMV/nu/mary *
|