REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, veintiséis (26) de julio de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º

ASUNTO : DP11-L-2015-001167
PARTE ACTORA: OSCAR HERRERA titular de la cédula de identidad Nº V- 19.949.425
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIÓ
PARTE DEMANDADA: FLETES GAG C.A.
ABOGADO REPRESENTANTE DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE VELIZ CONDE inpreabogado Nº 49.216
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy, veintiséis (26) de julio de dos mil dieciséis (2016), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, en la presente causa, se hicieron tres (3) anuncios de Ley a las puertas del Tribunal y se declaró abierto el acto habiendo transcurrido un lapso de espera de diez (10) minutos, dejándose expresa constancia que la parte actora en la presente causa no comparecieron ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, y por la parte demandada compareció su gerente MARA EUGENIA CHACON, titular de la cédula de identidad V- 13.350.649, asistida en este caso por Abg. JOSE VELIZ CONDE inpreabogado Nº 49.216. En este estado el ciudadano Juez observando la incomparecencia de las partes declara DESISTIDO el procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dando por terminada la presente causa; siendo homologado de conformidad con el artículo 133 ejusdem, así mismo se ordena que el expediente sea remitido al archivo judicial, una vez transcurrido el lapso para ejercer los recursos a que diere lugar. Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman. Dándose por cerrado el acto a las diez y veinticinco de la mañana (10:25 a.m.) del día de hoy. Es todo.
EL JUEZ.
SERVIO O. FERNANDEZ ROJAS

LA PARTE DEMANDADA


LA SECRETARIA
PERLO CALÓJERO.