REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, once (11) de Julio de dos mil dieciséis
205º y 157º
ASUNTO: DP11-L-2016-000385
ACTA

Parte Actora: JOSE VENTURA MAITA, venezolano, mayor de edad, titular de las cedulas de identidad Nº V-8.345.450.-
Apoderado Judicial de la parte actora: Andrés Otilio Chaviedo Hernández, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº.242.649.
Parte demandada: Sociedad Mercantil BSZ CONSTRUCCIONES C.A.
Apoderado Judicial de la parte demandada: Brigido González, inscrito bajo el Inpreabogado Nro. 68.839
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.


En el día de hoy once (11) de Julio de 2016, siendo las 09:00 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Prolongación de la audiencia preliminar en el presente juicio, comparece el apoderado judicial de la parte demandada Sociedad Mercantil BSZ CONSTRUCCIONES C.A., abogado Brigido González, inscrito bajo el Inpreabogado Nro. 68.839. Se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora JOSE VENTURA MAITA, venezolano, mayor de edad, titular de las cedulas de identidad Nº V-8.345.450, ni por si ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se cierra el acto, siendo las 09:20 a.m. del día de hoy 11/07/2016. Se leyó, se terminó y se firma el acta.
LA JUEZA,

KATHERINE GONZALEZ TORRES
LA SECRETARIA,

ABG. MILENE BRICEÑO


APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA