REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, catorce (14) de junio de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º

EXPEDIENTE N°: AP21-L-2015-002211
PARTE ACTORA: ANTONIO INFANTE SÁNCHEZ
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: JOSÉ HARO, RENE HERNANDEZ, ROBERTO COLMENARES.
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE BELLINO
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: CARMINE SANTI
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy 14 de junio de 2016, a las 02:00 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, compareció a la misma el abogado CARMINE SANTI, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.590, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, la empresa TRANSPORTE BELLINO; asimismo se deja constancia que la parte actora ciudadano ANTONIO INFANTE SÁNCHEZ, no compareció a la realización de esta audiencia ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Le, declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, de conformidad con los previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo, terminó, se leyó y conformes firma:
La Jueza,

Abg. Karla González Mundaraín

Apoderado judicial de la parte demandada


El Secretario,

Abg. Alonso Soto