REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 16 de Mayo de 2016
206º y 157 º

ASUNTO PRINCIPAL : DP01-P-2008-000066
ASUNTO : DP01-P-2008-000066

LA JUEZA: ALIFER LUGO UZCATEGUI.
LA REPRESENTANTE FISCAL: 1° DEL MINISTERIO PUBLICO ABG. MARIO ULLOA,.
EL IMPUTADO: JOSE LUIS LICONES CASTILLO.
LA DEFENSA PRIVADA: ABG. RAMON DIAZ.
LA SECRETARIA: ABG. AGLAIA PRIETO GONZALEZ

RESOLUCIÓN JUDICIAL
AUDIENCIA ESPECIAL DE PRESENTACIÓN POR ORDEN DE APREHENSIÓN

Celebrada como ha sido en fecha 16.05.2016 la audiencia de presentación de detenido en la presente causa seguida al imputado: JOSE LUIS LICONES CASTILLO, este tribunal Con fundamento en el artículo 96 de Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia resolvió, previo las consideraciones siguientes:

DE LA PETICIÓN FISCAL

La representación del MINISTERIO PÚBLICO expuso: “Pongo a disposición de este Tribunal al ciudadano JOSE LUIS LICONES CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nº 6.937.547, toda vez que fue emanada en su contra orden de aprehensión, es todo”.

DE LA DECLARACIÓN DEL IMPUTADO

El imputado JOSE LUIS LICONES CASTILLO, venezolano, de 50 años de edad, nacido en fecha 25/08/1965, domiciliado SAN ANTONIO DE BARINAS, MUNICIPIO ARISMENDI, CASERIO, CASA S/N, SECTOR SAN ANTONIO DE LA FLOR, titular de la cedula de identidad No. V-6.937.547, teléfono 0416-1062085, y en relación a su aprehensión manifestó lo siguiente: “ME ACOJO AL PRECEPTO CONSTITUCIONAL, es todo.”
DE LO ALEGADO POR LA DEFENSA

la DEFENSA PRIAVADA ABG. RAMON DIAZ, quien expuso: “Buenas tardes, vista la declaración de mi defendido, solicito su Libertad Plena e inmediata de la misma manera solicito que el mismo sea excluido de pantalla ante el S.I.P.O.L, es todo.”

DISPOSITIVA

Este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Control, Audiencia y Medidas con competencia en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, acuerda PRIMERO: Se deja SIN EFECTO la orden de aprehensión Nº 48-15, de fecha 28.04.2015. De la misma manera, ofíciese al Sistema Integral de Información Policial del Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas S.I.I.POL, a los fines que se realice la exclusión de pantalla del ciudadano JOSE LUIS LICONES CASTILLO, venezolano, de 38 años de edad, nacido en fecha 3.01.79, domiciliado SAN ANTONIO DE BARINAS, MUNICIPIO ARISMENDI, CASERIO, CASA S/N, SECTOR SAN ANTONIO DE LA FLOR, titular de la cedula de identidad No. V-6.937.547, teléfono 0416-1062085. Asimismo se acuerda librar boleta de Libertad. SEGUNDO: Se fija celebración de Acto de Audiencia Especial de Verificación de Régimen de Prueba para el día MARTES 14 de junio del 2016 a las 10:30 horas de la mañana, quedando emplazada las partes para dicho acto., así mismo se ordena librar boleta de notificación a la victima del presente asunto.
LA JUEZA,


ALIFER LUGO UZCATEGUI