REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO CON COMPETENCIA TRANSITORIA EN LOS ESTADOS NUEVA ESPARTA, SUCRE, ANZOÁTEGUI Y BOLÍVAR
Maturín, 28 de Junio de 2016.
206º y 157º
Vista la diligencia del 20/06/2016 (Folio 223), suscrita por el alguacil de este Tribunal Agrario, de la cual se infiere la imposibilidad de practicar la notificación de los ciudadanos, DOMINGO RAUL LIMA, RAMON RAFAEL GUARIMAN LIMA, LEONARDO DANIEL GUARIMAN, E ISRAEL LIMA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 4.029.197, V-11.775.085, V-24.866.264 y V-5.391.429, respectivamente partes demandadas. En virtud que el ALGUACIL dejo constancia que le fue imposible la notificación de los mismos por cuanto no se encontraban en lugar del domicilio que consta en la boleta de notificación, todos con domicilio en el Asentamiento Campesino Rió Ñato, Sector Morrocoy, Municipio Aguasay del Estado Monagas. En consecuencia, esta Instancia Agraria, acuerda librar sendos carteles de emplazamiento, a los fines de que sean fijados, uno en la morada de los prenombrados ciudadanos, y otro en las puertas de este Juzgado Agrario, haciéndole saber a los ciudadanos DOMINGO RAUL LIMA, RAMON RAFAEL GUARIMAN LIMA, LEONARDO DANIEL GUARIMAN, E ISRAEL LIMA, Supra identificados, que deberán comparecer a darse por notificados en el presente asunto, todo conforme a lo establecido en el Artículo 202 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
La Jueza Suplente,
JENNIE WALKIRIA SALVADOR PRATO
Secretario,
JHON WILMER MÉNDEZ
Exp.0372-2015
JWS/JWM/ma.-