DECISIÓN
En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 765 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y
por Autoridad de la Ley, declara: LA CONVERSIÓN en DIVORCIO de la separación de cuerpos decretada por este Tribunal el 12 de enero de 2015, , y en consecuencia, disuelto el vínculo conyugal existente entre los ciudadanos : DIAMANTE YURDIANA LEZAMA CASAÑAS y JUAN GABRIEL VELASCO GUERRERO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos 18.248.436 y 15.737.836, respectivamente, en virtud del matrimonio civil celebrado el 19 de noviembre de 2011, ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua.
Particípese lo conducente a las autoridades competentes, con inclusión de las copias de la presente decisión, previa su certificación por secretaria de este Despacho, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, Regístrese, Ejecútese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los veinte (20) días del mes de junio de 2016, Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIA
ISNELDA LOURDES MENDÍA VILLEGASI
LA SECRETARIA TEMPORAL,
NOHEMY URBINA
En esta misma fecha se registró y publicó la anterior sentencia, siendo las 2:00 p.m.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
NOHEMY URBINA
ILM/zs*
EXP. 12.095-15
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