En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 185 del Código Civil, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 765 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA CONVERSION en DIVORCIO de la separación de cuerpos decretada por este Tribunal el día 08 de mayo de 2015, y en consecuencia, disuelto el vinculo conyugal existente entre los ciudadanos MARIA ELIZABETH CASADIEGO GONZALEZ Y OSWALDO ANTONIO DURAN venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V. 9.657.442 Y 4.720.392, respectivamente, en virtud del matrimonio civil celebrado el día 30 de agosto de 2013, ante la oficina de Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua. .
Particípese lo conducente a las autoridades competentes, con inclusión de las copias de la presente decisión, previa su certificación por secretaria de este Despacho, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese, ejecútese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Segundo de Municipio ordinario y ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción del Estado Aragua, a los Veintiocho (28) días del mes de junio del año 2016. Años 206º de la Independencia y 157º de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIA
ISNELDA LOURDES MENDIA VILLEGAS
LA SECRETARIA TEMPORAL,
NOHEMY COROMOTO URBINA
En esta misma fecha se registró y publicó la anterior sentencia, siendo las 10:30 a.m.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
NOHEMY COROMOTO URBINA
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