En fuerza de las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:

Primero: CON LUGAR la solicitud de rectificación de acta de Defunción correspondiente del ciudadano VICTOR DE JESUS COLMENARES OLMOS en consecuencia, SE ORDENA al Registrador Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua efectuar la debida corrección en el Acta No.3582 Tomo15, Folio 082 del año 2014, en el sentido de que, donde dice “nombres y apellidos del cónyuge o pareja estable de hecho”.debe decir ANA CLORINDA BOLIVAR DE COLMENARES B) se asentó “que dejaba Dos (02) hijos de nombre BRILANGER BRINNER COLMENARES BOLIVAR (mayor) MICHEL ANTONIO COLMENARES BOLIVAR (mayor) siendo lo correcto “que dejaba Tres (03) hijos de nombre BETTY BRIGITTE COLMENARES BOLIVAR (mayor) BRILANGER BRINNER COLMENARES BOLIVAR (mayor) MICHEL ANTONIO COLMENARES BOLIVAR (mayor)

Segundo: Ofíciese lo conducente al referido Registrador Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua y al Registrador Principal del Estado Aragua, a los fines de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 502 del Código Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil.

Tercero: Regístrese, publíquese y déjese copia de la presente decisión.