REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, Lunes siete (07) de Marzo de 2016
205 º y 156 º

Exp. Nº AP21-R-2016-000065
Asunto Principal Nº AP21-L-2015-001334.

PARTE ACTORA: PEDRO LUIS CARRUYO CASTRO, venezolano, mayor de edad, y titular de las cédula de identidad Nº V- 9.452.380.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: HÉCTOR GUILARTE, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el IPSA bajo el N° 142.510.

PARTE DEMANDADA: UNIDAD QUIRURGICA C.A. Dr. KEVOR IORGE WARBNEDIAN C.A.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: PATRICIA GRUS, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el IPSA bajo el N° 50.552.

SENTENCIA: Interlocutoria con fuerza definitiva.

MOTIVO: Recurso de apelación interpuesto por la abogada PATRICIA GRUS, inscrita en el IPSA N° 50.552, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha TRECE (13) DE ENERO DE DOS MIL DIECISEIS (2016), emanada del Juzgado Noveno (9º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

CAPITULO PRIMERO.
I.- Antecedentes.

1.- Fueron recibidas por distribución, en este Juzgado Superior, las presentes actuaciones en consideración del recurso de apelación interpuesto por la abogada PATRICIA GRUS, inscrita en el IPSA N° 50.552, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha TRECE (13) DE ENERO DE DOS MIL DIECISEIS (2016), emanada del Juzgado Noveno (9º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Recibidos los autos en fecha 18 de febrero de 2016, se dio cuenta al Juez de éste Juzgado y se fijo la oportunidad para la celebración de la audiencia de apelación para el día Lunes VEINTINUEVE (29) DE FEBRERO DOS MIL DIECISEIS (2016) A LAS 2:00 P.M.;, oportunidad en la cual se dejó constancia de la incomparecencia de la parte demandada recurrente. Siendo la oportunidad para decidir una vez efectuada la audiencia de apelación en la cual se dictó el dispositivo del fallo, este Sentenciador procede a motivar su decisión bajo las siguientes consideraciones:


II.- Objeto del presente “Recurso de Apelación”.

1.- La presente controversia tiene por objeto resolver el recurso de apelación interpuesto por la abogada PATRICIA GRUS, inscrita en el IPSA N° 50.552, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha TRECE (13) DE ENERO DE DOS MIL DIECISEIS (2016), emanada del Juzgado Noveno (9º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio incoado por el ciudadano PEDRO LUIS CARRUYO CASTRO, contra la empresa UNIDAD QUIRURGICA C.A. Dr. KEVOR IORGE WARBNEDIAN C.A., en la cual se señalo lo siguiente:

“…Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE LA PREJUDICIALIDAD opuesta por la demandada en el juicio por prestaciones sociales y demás conceptos incoado por el ciudadano PEDRO CARRUYO contra la “UNIDAD QUIRURGICA DR KEVOR JORGE WARBNEDIAN, C.A.”. SEGUNDO: Se fija el día 09 de marzo de 2016 a las 9:00 a.m. como oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio, encontrándose ambas partes a derecho. TERCERO: No se condena en constas, dada la naturaleza del presente fallo. PUBLIQUESE, REGISTRESE y DEJESE COPIA.…”.

CAPITULO SEGUNDO.
Del desistimiento del presente recurso de apelación.

1.- Siendo la oportunidad legal para decidir, esta Alzada observa que iniciada la audiencia oral y pública, fijada para el día y hora señalados supra, la Secretaria del Tribunal al momento de anunciar la presencia de las partes en el acto, dejó expresa constancia de la incomparecencia de la parte demandada recurrente, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, en la oportunidad debida. De la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se desprende que los artículos referidos a la audiencia oral y pública a celebrarse por ante los Juzgados Superiores del Trabajo, son de naturaleza obligatoria, y es por ello que constituye una carga procesal para el apelante, su comparecencia, y en tal sentido, ello conlleva a que la incomparecencia al acto acarree el desistimiento del recurso de apelación propuesto, y así está expresamente establecido en el artículo 164.

2.- En base a lo expuesto, es forzoso para quien sentencia en virtud de la incomparecencia de la parte actora recurrente a la audiencia fijada, aplicar las consecuencias jurídicas establecidas en nuestra Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y declarar desistida la apelación interpuesta por la abogada PATRICIA GRUS, inscrita en el IPSA N° 50.552, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha TRECE (13) DE ENERO DE DOS MIL DIECISEIS (2016), emanada del Juzgado Noveno (9º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio incoado por el ciudadano PEDRO LUIS CARRUYO CASTRO, contra la empresa UNIDAD QUIRURGICA C.A. Dr. KEVOR IORGE WARBNEDIAN C.A.
CAPITULO TERCERO.
DISPOSITIVO

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la abogada PATRICIA GRUS, inscrita en el IPSA N° 50.552, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha TRECE (13) DE ENERO DE DOS MIL DIECISEIS (2016), emanada del Juzgado Noveno (9º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio incoado por el ciudadano PEDRO LUIS CARRUYO CASTRO, contra la empresa UNIDAD QUIRURGICA C.A. Dr. KEVOR IORGE WARBNEDIAN C.A

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DEJESE COPIA

Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho del Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los siete (07) días del mes de marzo de 2016.




JUEZ
Dr. JESÚS MILLÁN FIGUERA

SECRETARIO
Abg. ERICK APONTE

NOTA: En el día de hoy, se dictó, publicó y diarizó la anterior sentencia.


SECRETARIO
Abg. ERICK APONTE