REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dos (02) de marzo de dos mil dieciséis (2016)
205º y 156º

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2015-003547
PARTE ACTORA: MARLENE GONCALVES
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: HENRY LAREZ RIVAS
PARTE DEMANDADA: GARCIA-TUÑON, C.A., GARCIA-TUÑON CHACAO, C.A., GORGE GARCIA-TUÑON, SUZANNE GARCIA-TUÑON y DIANA GARCIA-TUÑON
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: FERNANDO JOSE PLANCHART
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 02 de marzo de 2016, siendo las 11:30 a. m., día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma, el abogado HENRY GERARD LAREZ, inscrito en e l IPSA bajo el No. 69.378, quien actúa como apoderado judicial de la parte actora, ciudadano MARLENE GONCALVES, titular de la cédula de identidad No. 16.179.554, y el abogado FERNADO JOSE PLANCHART, inscrito en el IPSA bajo el No. 8.566, quien actúa como apoderado judicial de la parte demandada, GARCIA-TUÑON, C.A., GARCIA-TUÑON CHACAO, C.A. y de GORGE GARCIA-TUÑON, SUZANNE GARCIA-TUÑON y DIANA GARCIA-TUÑON, ambas partes en su carácter de actora y demandada respectivamente, han llegado al siguiente acuerdo: Consignamos en este acto escrito transaccional que involucra todos y cada uno de los puntos reclamados en el presente juicio, el cual una vez leído, discutido y revisado por las partes en presencia del ciudadano Juez, ambas partes solicitamos del mismo, homologue esta transacción celebrada libre y voluntariamente por las partes y le dé efectos de cosa juzgada, entregando una copia de la misma a cada una de las partes. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Asimismo, se deja expresa constancia que se les hizo entrega a las partes sus respectivos escritos de pruebas y anexos, igualmente se le hizo entrega de copia certificada del presente acuerdo a cada uno de las partes y se ordena el cierre y archivo del presente expediente en este mismo acto ARCHIVESE.-

EL JUEZ
EL SECRETARIO
ABG. JOSÉ FRANCISCO GONZÁLEZ LAMUÑO
ABOG. MIRIANKY ZERPA



APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA


APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA