JUZGADO SUPERIOR QUINTO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, dos (02) de marzo de dos mil dieciséis (2016).
205º y 157º
En fecha 30 de noviembre de 2015, este Juzgado declaró PROCEDENTE PARCIALMENTE la solicitud de suspensión de efectos interpuesta por los abogados Luís Alexis Flores y Luís Alberto Ruíz Risso, Inpreabogado Nros. 65.558 y 88.003, respectivamente, actuando como apoderados judiciales de la ciudadana ANGÉLICA MARÍA YANCE ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº 10.793.976, contra el acto administrativo contenido en la Resolución DM/ORH Nº 160, dictado en fecha 14 de mayo de 2015, por la Ministra del Poder Popular para Relaciones Exteriores, mediante el cual se removió a la querellante del cargo de Consejero en Comisión, en la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela ante el Reino de los Países Bajos
Ahora bien, observa el Tribunal que contra la procedencia parcialmente de la medida de suspensión de efectos antes señalada no hubo oposición alguna por parte de contra quien obra la medida, y al no haber contención en la presente incidencia, y siendo que persisten los fundamentos que sirvieron de base para decretar la misma, este Juzgado ratifica la medida cautelar de suspensión de efectos dictada en fecha 30 de noviembre de 2015, y así se decide.
EL JUEZ,
ABG. EDUARDO LUIS CABRERA CHIRINO
LA SECRETARIA TEMP.,
ABG. DANIA RAMIREZ
Exp: 15-3755/Msi.
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